Un nuevo pronunciamiento judicial anula una sanción de 120.000 euros por emitir en TDT sin previa concesión
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha declarado nula de pleno derecho la resolución del Ministerio de Industria, por la que se imponen tres sanciones, que suman un total de 120.000 euros, a un conocido profesional barcelonés por realizar actividades radiodifusoras sin ostentar título habilitante.
El procedimiento número 335/2009 fue iniciado por el recurrente tras imputáresele tres situaciones administrativas tipificadas en el artículo 54 de la Ley General de Telecomunicaciones (causación de interferencias perjudiciales, ocupación de espectro radioelectrónico e instalación de estaciones radioelectrónicas sin autlorización). Una vez finalizadas todas las fases en la Audiencia Nacional, se señaló para la deliberación por el Tribunal el día 13 de octubre de 2010.
La sentencia, notificada el pasado 29 de octubre, ataca fuertemente la falta de precisión de los medios utilizados para identificar la autoría de la producción de las emisiones, así como la falta de datos técnicos para vincular dichas emisiones al sancionado.
El fallo insiste en ,mantener la doctrina de la máxima rigurosidad en la labor que tienen las administraciones públicas a la hora de atribuir sanciones de telecomunicaciones a radios y televisiones. Así, se exige un control absoluto de los equipos medidores, el personal técnico y la recogida de los datos relevantes como base de la imputación de responsabilidad administrativa. La sentencia asevera en ese sentido: “Resulta que no puede confirmarse una sanción impuesta por la realización de actividades sin título habilitante y la instalación de estaciones sin autorización y por la producción de interferencias cuando no se ha acreditado suficientemente la relación ni del sancionado con la antena de la que proceden las emisiones ni del sancionado con la empresa que parece titular de las emisiones”.
De este modo, los tribunales de Justicia vuelven a dar una respuesta anulatoria a decisiones sancionatorias del Ministerio de Industria carentes de un respaldo probatorio consistente. Y es que las autoridades deben de seguir la máxima pulcritud en los procedimientos para evitar que las sanciones sean estériles como mecanismo de ordenación el panorama audiovisual.
Con esta nueva sentencia, el cuerpo de letrados de Díez & Romeo obtiene un nuevo éxito en defensa de sus clientes, liberando del pago de 120.000 euros a uno de ellos, a la vez que permitirá proteger las emisiones y aportar claridad sobre aquellos medios que continúan a la espera de pronunciamientos judiciales por ser indebidamente sancionados.