El Ministerio de Consumo prohibirá la publicidad bebidas y alimentos “no saludables” para niños
El ministro de Consumo, Alberto Garzón, ha anunciado este jueves la prohibición de la publicidad dirigida al publico infantil de dulces, galletas, helados, bebidas calóricas y resto de productos alimenticios ricos en azúcares y grasas considerados nocivos para la salud por la Organización Mundial de la Salud.
Garzón ha explicado que la regulación de esta publicidad de los alimentos dirigidos a los menores de 16 años en televisión, medios de comunicación en general y redes sociales se hará por real decreto y se empezará a aplicar el año próximo, en 2022.
En televisión, la nueva normativa afectará a los horarios de protección reforzada y a los espacios publicitarios de programas dirigidos al público infantil y a los canales de televisión dirigiros a menores de 16 años.
Además, de esta publicidad en la televisión lineal como no lineal (plataformas), el real decreto también regulará los contenidos radiofónicos, salas de cine y publicidad en internet, redes sociales, webs o aplicaciones móviles cuando estén dirigidos a menores de 16 años e incluirá limitaciones en los medios impresos.
En la línea de las regulaciones de esta publicidad que han hecho Reino Unido, Portugal y Noruega, el ministro ha explicado que la normativa española impedirá hacer publicidad a menores de las cinco categorías de productos que la OMS considera nocivos.
Son las de productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres; la de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y el resto de productos de bollería, y las de zumos, bebidas energéticas y los helados.
Para el resto de categorías de productos se establece un límite de contenido de nutrientes por cada 100 gramos y se podrán anunciar siempre y cuando las grasas totales y saturadas, el azúcar total y añadido o bien los niveles de sal se mantengan por debajo de aquellos que se establece para cada producto.
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