El partido de Abascal “compra” en Galicia el discurso de la “iluminada” Gloria Lago para rascar un puñado de votos a Feijóo
Begoña Vila.- Galicia Bilingüe se define en su página web como una asociación sin ánimo de lucro, apartidista e independiente, cuyo fin primordial es lograr para los ciudadanos de Galicia los mismos derechos lingüísticos que disfrutan los ciudadanos de las democracias con más de una lengua oficial; es decir, elección de lengua vehicular en la enseñanza, bilingüismo en la administración pública, que no se prime el conocimiento de una determinada lengua a la competencia profesional y poner fin al adoctrinamiento nacionalista en la enseñanza. Fue inscrita en el registro de asociaciones de ámbito gallego en julio de 2007.
Pues bien, en los siguientes párrafos hacemos un recordatorio de la Ley de normalización lingüística en Galicia aplicada a todos los ámbitos laboral y de la enseñanza con las modificaciones que han acordado los distintos gobiernos que han pasado por la Xunta de Galicia. Cuando Galicia Bilingüe se inscribe en el registro de asociaciones en 2007, ya estaba de titular del gobierno gallego Alberto Núñez Feijóo, que en 2010 firma un decreto para el plurilingüismo en la enseñanza no universitaria de Galicia, del que damos cuenta en este mismo artículo, en el que claramente habla de la convivencia de las dos lenguas oficiales en Galicia: el gallego y el castellano. También refleja que las lenguas constituyen un elemento básico de identidad cultural y representan un valor fundamental de cohesión de una comunidad.
El artículo 3 de la Constitución española establece, en su punto 1º, que el castellano es la lengua oficial del Estado, y, en el punto 2º, que las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas comunidades autónomas de acuerdo con sus estatutos, y señala que la lengua es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección
El Estatuto de autonomía de Galicia, en su artículo 5, define el gallego como lengua propia de Galicia y dispone que los idiomas gallego y castellano son oficiales en Galicia y que todos tienen el derecho de conocerlos y usarlos. Asimismo, establece que los poderes públicos de Galicia potenciarán el uso del gallego en todos los planos de la vida pública, cultural e informativa, y que dispondrán de los medios necesarios para facilitar su conocimiento.
En Galicia no se impone el gallego, no se adoctrina en las aulas. nada tiene que ver el uso del gallego en Galicia con el uso del catalán en Cataluña. En Galicia el gallego es cultural y nunca se ha utilizado como un arma política. Es la riqueza del pueblo gallego. Por eso no entendemos la razón de la asociación Galicia Bilingüe, que ahora está integrada en “Hablemos español”. Parece y, digo parece, que el partido de Santiago Abascal en Galicia compró ese discurso. Por eso VOX quiere echar a Feijóo de la Xunta de Galicia aún cuando la alternativa no sea otra que la del PSG y la ultraizquierda separatista. Según la nueva derecha, Feijóo es nacionalista gallego y permite el adoctrinamiento en las aulas. Otro mantra más que en Galicia no cuela.
En Alerta Digital ya hemos explicado que el mantra utilizado por la izquierda contra Núñez Feijóo sobre la sanidad, ha sido desmontado gracias a la gestión de la crisis sanitaria del Covid-19 y ahora estamos desmontando el mantra que utiliza la nueva derecha para echar a Feijóo de la Xunta de Galicia. No hay más que pasearse por Galicia para ver el porcentaje de castellanohablantes en detrimento de los gallegohablantes, así como el respeto que se tiene en Galicia por el idioma gallego, la necesidad de quererlo y la necesidad de conservarlo. Y eso nada tiene que ver con ningún tipo de imposición que entre dicha asociación y la nueva derecha quieren colarnos en sus campañas demonizadoras contra Feijóo.
Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística
“Uno de los factores fundamentales de esa recuperación es la lengua, por ser el núcleo vital de nuestra identidad. La lengua es la mayor y más original creación colectiva de los gallegos, es la verdadera fuerza espiritual que le da unidad interna a nuestra comunidad. Nos une con el pasado de nuestro pueblo, porque de él la recibimos como patrimonio vivo, y nos unirá con su futuro, porque la recibirá de nosotros como legado de identidad común. Y en la Galicia del presente sirve de vínculo esencial entre los gallegos afincados en la tierra nativa y los gallegos emigrados por el mundo”.
TÍTULO I
De los derechos lingüísticos en Galicia
Artículo 1.º
El gallego es la lengua propia de Galicia.
Todos los gallegos tienen el deber de conocerlo y el derecho de usarlo.
Artículo 2.º
Los poderes públicos de Galicia garantizarán el uso normal del gallego y del castellano, lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma.
Articulo 3º
Los poderes públicos de Galicia adoptarán las medidas oportunas para que nadie sea discriminado por razón de lengua.
Los ciudadanos podrán dirigirse a los jueces y tribunales para obtener la protección judicial del derecho a emplear su lengua.
TÍTULO II
Del uso oficial del gallego
Artículo 4.º
1. El gallego, como lengua propia de Galicia, es lengua oficial de las instituciones de la Comunidad Autónoma, de su Administración, de la Administración Local y de las Entidades Públicas dependientes de la Comunidad Autónoma.
2. También lo es el castellano como lengua oficial del Estado
Artículo 5º
Las leyes de Galicia, los decretos legislativos, las disposiciones normativas y las resoluciones oficiales de la administración pública gallega se publicarán en gallego y castellano en el Diario Oficial de Galicia.
Pleno. Recurso de inconstitucionalidad número 678/1983. Sentencia número 84/1986, de 26 de junio.
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Francisco Tomás y Valiente, doña Gloria Begué Cantón, don Ángel Latorre Segura, don Francisco Rubio Llorente, don Antonio Truyol Serra, don Fernando García-Mon González-Regueral, don Carlos de la Vega Benayas, don Eugenio Díaz Eimil, don Miguel Rodríguez-Piñero Bravo-Ferrer, don Jesús Leguina Villa y don Luis López Guerra, Magistrados, ha pronunciado:
En el recurso de inconstitucionalidad registrado con el núm. 678/1983, promovido por el Presidente del Gobierno, representado por el Abogado del Estado, contra los arts. 1.2 y 7 de la Ley 3/1983, del Parlamento de Galicia, de 15 de junio, de normalización lingüística. Ha comparecido el Parlamento de Galicia, representado por su Presidente, y la Junta de Galicia, representada por el Abogado don Ángel Fenor de la Maza y Comide-Quiroga, y ha sido ponente el Magistrado don Antonio Truyol Serra, quien expresa el parecer del Tribunal.
El 13 de octubre de 1983 el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno de la Nación, interpuso recurso de inconstitucionalidad contra los arts. 1.2 y 7 de la Ley 3/1983, del Parlamento de Galicia, de 15 de junio, publicada en el «Diario Oficial de Galicia» núm. 84, de 14 de julio del mismo año, por violación de los arts. 3, 14, 122.2, 139 y 149.1.6 de la Constitución.
FALLO
El Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA,
Ha decidido:
Primero.–Estimar parcialmente el recurso, y en consecuencia declarar la inconstitucionalidad del inciso «el deber de conocerlo» del apartado segundo del art. 1 de la Ley 3/1983 del Parlamento de Galicia.
Segundo.–Desestimar el recurso en todo lo demás.
Madrid, 26 de junio de 1986.–Firmado: Francisco Tomás y Valiente.–Gloria Begué Cantón.–Ángel Latorre Segura.–Francisco Rubio Llorente.–Antonio Truyol Serra.–Fernando García-Mon González-Regueral.–Carlos de la Vega Benayas.–Eugenio Díaz Eimil.–Miguel Rodriguez-Piñero Bravo-Ferrer.–Jesús Leguina Villa.–Luis López Guerra.–Rubricados.
En 1983 gobernaba en España Felipe González (PSOE)
En 1983 gobernaba en Galicia Fernández Albor (PP)
Curiosamente es el gobierno del PSOE el que plantea un recurso de inconstitucionalidad sobre la ley de normalización lingüística, recurso que fue desestimado en todos sus puntos excepto en el del deber de conocer el gallego.
¿Quién ha cambiado entonces?
Está claro que el Partido Popular en Galicia, desde Albor, pasando por Fraga y actualmente con Feijóo, han sido defensores de la cultura y lengua gallegas, sin duda, una riqueza cultural en Galicia. Sin embargo, ha sido el PSOE de Felipe González el que presentó dicho recurso de inconstitucional sobre el uso de la lengua gallega.
Plan general de normalización de la lengua gallega que se aprobó por unanimidad en el Parlamento de Galicia el 21 de septiembre del 2004 (Era presidente de la Xunta Pérez Touriño, del PSOE)
En este plan se aprobó el conocimiento del gallego por parte de la mayoría de los usuarios de los servicios sociales, garantizar que el gallego sea la lengua en la que sean atendidos todos los usuarios gallego parlantes de los servicios sociales e impedir que el uso alternativo con el castellano pueda dar imagen de diferente categoría de lenguas para que los usuarios gallego hablantes no se sientan inferiores. El uso del gallego en todas las actuaciones escritas en la gestión administrativa y aceptación generalizada del uso oficial del gallego entre otros.
DECRETO 79/2010, de 20 de mayo, para el plurilingüismo en la enseñanza no universitaria de Galicia (Núñez Feijóo PP)
Las lenguas constituyen un elemento básico de identidad cultural y representan un valor fundamental de cohesión de una comunidad. El artículo 3 de la Constitución española establece, en su punto 1º, que el castellano es la lengua oficial del Estado, y, en el punto 2º, que las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas comunidades autónomas de acuerdo con sus estatutos, y señala que la lengua es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.
El Estatuto de autonomía de Galicia, en su artículo 5, define el gallego como lengua propia de Galicia y dispone que los idiomas gallego y castellano son oficiales en Galicia y que todos tienen el derecho de conocerlos y usarlos. Asimismo, establece que los poderes públicos de Galicia potenciarán el uso del gallego en todos los planos de la vida pública, cultural e informativa, y que dispondrán de los medios necesarios para facilitar su conocimiento.
Artículo 5º.-Educación infantil
1. En la etapa de educación infantil, el profesorado usará en el aula la lengua materna predominante entre el alumnado, si bien deberá tener en cuenta la lengua del entorno y procurará que el alumnado adquiera, de forma oral y escrita, el conocimiento de la otra lengua oficial de Galicia dentro de los límites de la etapa o ciclo.
2. La lengua materna predominante del alumnado será determinada por el centro educativo de acuerdo con el resultado de una pregunta que se efectuará a los padres, madres, tutores/as o representantes legales del alumno/a antes del comienzo del curso escolar acerca de la lengua materna de su hijo o hija.
3. Se atenderá de manera individualizada al alumnado teniendo en cuenta su lengua materna.
4. Cada centro educativo deberá hacer constar en su proyecto lingüístico las actividades y estrategias de aprendizaje empleadas para que el alumnado adquiera, de forma oral y escrita, el conocimiento de las dos lenguas oficiales.
Artículo 6º.-Educación primaria
1. Se garantizará la adquisición de la competencia lingüística propia de la etapa y del nivel en las dos lenguas oficiales de Galicia.
2. Las asignaturas de lengua se impartirán en el idioma de referencia.
3. Se impartirá en gallego la asignatura de Conocimiento del medio natural, social y cultural, y en castellano la asignatura de Matemáticas.
4. Cada centro educativo, según el procedimiento establecido en el reglamento de centros, decidirá la lengua en que se impartirá el resto de asignaturas de cada curso, garantizando que las asignaturas en gallego y en castellano se distribuyen en el mismo porcentaje de las horas semanales, sin perjuicio de lo dispuesto en el capítulo IV (sobre la impartición de asignaturas en lenguas extranjeras). Este proceso se realizará cada cuatro cursos escolares.
-Exención de la calificación de las pruebas de lengua gallega
1. El alumnado que se incorpore al sistema educativo de Galicia en 3er ciclo de educación primaria, en educación secundaria obligatoria o en bachillerato, procedente de otras comunidades autónomas o de un país extranjero, podrá obtener una exención temporal de la calificación de las pruebas de evaluación de la asignatura de lengua gallega durante un máximo de dos cursos escolares.
2. La exención supondrá la consignación de exento en los documentos oficiales de evaluación del alumnado.
3. El alumnado tendrá que asistir a las clases como medio de integración lingüística y con la finalidad de que con su esfuerzo personal, con materiales didácticos específicos y con una ayuda continua de su profesorado pueda tener, al final del plazo de la exención, un dominio adecuado de la lengua gallega y seguir las enseñanzas propias del nivel en que esté o vaya a matricularse en igualdad de condiciones que los demás compañeros/as de clase.
4. El incumplimiento por parte del alumno de lo establecido en el punto anterior determinará, tras los informes pertinentes y oído el interesado y, en su caso, padres, madres, tutores/as o representantes legales del alumno/la, la revocación de la exención.
5. Tanto la revocación como la denegación de la exención producirán como efecto la obligación para el alumnado de ser calificado en las evaluaciones parciales y finales al final del curso en que se encuentra.
6. En los respectivos documentos oficiales de evaluación se hará constar la exención concedida y, en su caso, la posible revocación y la consiguiente calificación.
Y sí, terminamos este artículo con la exención de la calificación de las pruebas en lengua gallega para los alumnos que lleguen de otras comunidades autónomas o del extranjero durante un plazo de 2 años, plazo más que suficiente para familiarizarse con la lengua gallega.
¿Podrían entonces ustedes explicar cuál es la función de la asociación “ Galicia bilingüe” -ahora “Hablamos español” – y el motivo por el que el partido de Santiago Abascal ha comprado este mantra?
*Begoña Vila es la delegada de AD en Galicia
Estoy de acuerdo con el artículo. Puedo opinar pues vivo en Galicia y me siento gallega de origen. Estudié gallego como optativa en la carrera. Al principio me costaba coger apuntes en gallego, pero fueron sólo 15 días. Mi profesor era un famoso escritor, historiador, catedrático, que pensó que estaba loca. Fue lo mejor que pude hacer pues tuve la oportunidad de leer libros e ir conociendo a su literatura, su costumbres e historia. Todo lo siento como propio, Últimamente disfruto buscando sus semejanzas y diferencias con el portugués. Jamás me obligaron a hablar en gallego en los organismos oficiales.… Leer más »
Lo que sucede es que el artículo 2 de la citada Ley de “normalización” lingüística no se garantiza y se compadece mal con el artículo 3 de la CE (norma suprema), respecto del deber de conocer el español y el derecho a usarlo, pues no se permite el derecho básico al acceso a la educación en condiciones de igualdad, al derecho a la educación en la lengua materna, en este caso el español (lengua común de todos los españoles y que es, además, oficial del Estado). Se produce una vulneracióin flagrante del derecho de acceso a la educación y cultura… Leer más »
Sólo leyendo el Título I, se percibe su escandola anticosntitucional 78. Pero ya sabemos en que pocilga-Estado de Deshecho vivimos ( mejor, malvivimos)
¿Podría la autora cual es el objeto de este artículo? ¿Ayudar a “cabalgar contradicciones”? “…El Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA, Ha decidido: Primero.–Estimar parcialmente el recurso, y en consecuencia declarar la inconstitucionalidad del inciso «el deber de conocerlo» del apartado segundo del art. 1 de la Ley 3/1983 del Parlamento de Galicia” (DERECHO, NO DEBER) ” El estatuto de autonomía de Galicia, en su artículo 5, define el gallego como lengua propia de Galicia y dispone que los idiomas gallego y castellano son oficiales en Galicia y que todos tienen el… Leer más »
1,2, 3… ¡¡¡3 artículos seguidos hablando mal de Gloria Lago!!! ¿Por qué es tan importante para ustedes? ¿les da miedo por algo? ¿tal vez dice alguna verdad que no les gusta?. Ustedes empiezan a dar miedo. Han aprendido a usar el “Agitprop” ( Ya era hora de que lo hiciera la derecha), pero yerran en el objetivo. Si siguen así, son ustedes los que van a “rascar votos” a Feijoo.
https://www.alertadigital.com/2020/06/03/el-partido-de-abascal-compra-en-galicia-el-discurso-de-la-iluminada-gloria-lago-para-rascar-un-punado-de-votos-a-feijoo/
https://www.alertadigital.com/2020/06/02/gloria-lago-la-gallega-camaleonica-sectaria-y-absurda-que-preside-hablemos-espanol/
https://www.alertadigital.com/2020/06/02/armando-robles-el-problema-de-vox-en-galicia-es-que-le-hace-caso-a-la-liante-de-gloria-lago/
DOÑA GLORIA LAGO merece todos mis respetos, pues lleva décadas defendiendo EL ESPAÑOL, que no castellano, en toda LA PATRIA.
Hace años estaba o era próxima al PP, partido para ayudar a los partidos de izquierdas…, PERO SUPONGO QUE YA ESTÁ TOTALMENTE DESENGAÑADA DE ELLOS, ¡y no me extraña!
No hace falta tener mucha imaginación para pensar que el motivo de VOX para acercarse a HABLAMOS ESPAÑOL es coger sus simpatizantes y, por otro lado, disgregar HABLAMOS ESPAÑOL. Tal como hizo recientemente VOX con las manifestaciones de las Cazeroladas, cuando empezaban a ser multitudinarias se sumó VOX y desaparecieron. VOX = DISIDENCIA CONTROLADA.