Estanislao de Kostka, abogado, politólogo y sociólogo: «Sánchez corre el riesgo de sustituir el discurso sobre responsabilidades por otro sobre sentimientos»
AR.- La política española está cada vez más marcada por la confrontación, la batalla por el relato y la apelación a las emociones. Por este motivo, los compromisos de los líderes y la forma en que los comunican adquieren una importancia decisiva. Alberto Núñez Feijóo recupera la fórmula del contrato con los ciudadanos para presentar su proyecto político, mientras Pedro Sánchez recurre a la dimensión más personal y sentimental para responder a un escenario de presión política y judicial. ¿Dónde termina la comunicación política y dónde empieza la rendición de cuentas? ¿Son los compromisos por escrito una garantía de cumplimiento o una herramienta más de campaña? ¿Y hasta qué punto las emociones pueden desplazar el debate sobre las responsabilidades públicas?
Para analizar estas cuestiones, hablamos con el jefe de la asesoría jurídica de AD, Estanislao de Kostka, abogado, politólogo y sociólogo, que examina las estrategias de los principales líderes políticos, sus efectos sobre el electorado y los límites entre la escenificación y la responsabilidad democrática.
Feijóo ha planteado un contrato con los españoles como parte de su proyecto político. ¿Qué opina de esta iniciativa sin precedentes en la política española?
Ya lo hizo en 2009 en Galicia… En realidad no es una iniciativa sin precedentes, ni siquiera dentro de la trayectoria de Alberto Núñez Feijóo. El 11 de febrero de 2009 ya firmó un “Contrato con Galicia”, con catorce compromisos, antes de las elecciones que le llevaron por primera vez a la Presidencia de la Xunta. Por tanto, el actual “Contrato con España” no inaugura una fórmula, sino que recupera un instrumento que ya utilizó para presentar su alternativa de gobierno en Galicia.
A mi juicio, ese antecedente no debilita la iniciativa; le proporciona coherencia. Feijóo puede decir que no ha descubierto ahora la conveniencia de comprometerse por escrito ante los ciudadanos, sino que traslada al ámbito nacional una forma de presentarse ante el electorado que ya había empleado.
Ahora bien, el valor del contrato no reside en la solemnidad de la firma. Una firma no convierte por sí sola un programa electoral en una obligación jurídicamente exigible. Su interés político está en fijar compromisos suficientemente claros, para que después resulte difícil esconder los incumplimientos detrás de una explicación retórica.
Se trata, por tanto, de presentar una alternativa basada en compromisos verificables, no simplemente en una declaración de buenas intenciones. Para que funcione, habría que poder responder a cuatro preguntas sobre cada promesa: qué se hará, en qué plazo, con qué recursos y cómo se rendirán cuentas.
Mi valoración es positiva, pero precisamente por eso debe ser exigente. No lo defendería como una ocurrencia publicitaria ni como una supuesta innovación histórica. Lo defendería como una invitación a cambiar la relación entre gobernante y ciudadano: menos adhesión personal al líder y más posibilidad de comprobar lo que cumple.
La formulación política sería esta: España no necesita que otro candidato prometa que será distinto; necesita que explique por escrito en qué será distinto y acepte ser juzgado por ello.
En medio de la tormenta política y judicial, Sánchez ha protagonizado momentos de cercanía pública con su esposa. ¿Amor, comunicación política o estrategia electoral?
No hay nada más que aprovechamiento electoral de ese afecto. No tenemos medios para medir la intimidad de un matrimonio, y sería poco serio afirmar que una declaración de amor es falsa porque se produzca ante las cámaras. Pero sí podemos analizar el uso político de la escena.
En el acto de Fuenlabrada, Sánchez dedicó a Begoña Gómez una declaración pública que culminó con un “te quiero”. Creo que hay que identificar la escenificación como una palanca para reactivar a la militancia. Se trata de una vieja estrategia de conexión emocional con los votantes.
Mi crítica es que el presidente corre el riesgo de sustituir el discurso sobre responsabilidades por otro sobre sentimientos. Y son conversaciones distintas. Que quiera a su esposa no aclara los hechos investigados; que la apoye no invalida una actuación judicial; y que una investigación resulte dolorosa para su familia, no convierte automáticamente esa investigación en una persecución.
La exhibición sentimental puede funcionar como una llamada a que el electorado cierre filas con Gómez porque Sánchez cierra filas con ella. Esa es una interpretación política del mensaje, no una prueba sobre la inocencia o culpabilidad. Es evidente que Sánchez usa ese amor, ese presunto amor, pero es sabido que sólo él se quiere a si mismo, como sustituto de las explicaciones que corresponde ofrecer a un presidente.
La presunción de inocencia debe respetarse, pero también debe respetarse el derecho de la ciudadanía a no ser tratada como una audiencia de un relato sentimental, como estúpidos. El presidente puede pedir respeto para su familia; lo que no debería pedir es que la emoción suspenda el examen crítico.
¿Cómo puede afrontar el Constitucional las cuestiones sobre la Ley de Memoria Democrática y el acceso a la nacionalidad por la llamada Ley de Nietos? ¿Qué argumentos son determinantes y qué margen tiene?
Aquí conviene ser especialmente preciso, porque una crítica jurídicamente mal construida acaba favoreciendo a quien pretende cuestionar su actuación.
Hay que separar tres planos: la constitucionalidad de la ley, la legalidad de su aplicación administrativa y la protección de los derechos fundamentales afectados por decisiones judiciales. No son procedimientos intercambiables. La Constitución atribuye al Tribunal Constitucional el control de constitucionalidad y el recurso de amparo, mientras que la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece sus cauces y límites.
El problema planteado es un recurso de amparo del Defensor del Pueblo frente a decisiones cautelares del Supremo, que afectan al voto de personas nacionalizadas mediante esta vía. Hay 163.020 afectados y una solicitud de medidas cautelarísimas para las elecciones del 29 de noviembre. Eso no significa que el Constitucional esté resolviendo, en ese mismo procedimiento, toda la constitucionalidad de la Ley de Memoria Democrática.
La distinción importa mucho: una controversia sobre los efectos electorales de determinadas inscripciones no permite dar por anuladas todas las nacionalidades concedidas, ni autoriza a tratar como extranjeros a quienes poseen válidamente la nacionalidad española.
La primera cuestión es procesal: si el amparo ha llegado antes de tiempo. El recurso es prematuro porque todavía permanece abierta la posibilidad de reparación ante el Supremo. El plazo de alegaciones de los afectados termina el 23 de octubre y el Supremo debe volver a pronunciarse a la vista de lo alegado. La objeción es importante: el amparo no debe convertirse en un atajo para saltarse una vía judicial que todavía puede ofrecer una solución. El propio informe señala que la legitimación del Defensor del Pueblo para recurrir sin haber sido parte no convierte en agotado un procedimiento que sigue abierto. Creo que una mayoría del tribunal, incluidos algunos progresistas, se inclinarían por rechazar la admisión por ese carácter prematuro.
Los argumentos de fondo requieren ponderación, no consignas. Si el tribunal llegara a examinar el fondo, estos serían los ejes jurídicos: nacionalidad y legalidad, ya que el artículo 11 de la Constitución dispone que la nacionalidad se adquiere, conserva y pierde conforme a la ley. El debate exige identificar qué permite la norma y qué requisitos se han aplicado realmente. En segundo lugar igualdad, ya que el artículo 14 impide discriminar injustificadamente a españoles por las circunstancias de su nacimiento o su condición personal. No cabe presumir una ciudadanía de menor categoría por haber adquirido la nacionalidad mediante esta vía. En tercer lugar la participación política y en este caso el artículo 23 protege el derecho de participación. Impedir votar en unas elecciones concretas exige una justificación especialmente sólida, porque ese sufragio no puede ejercerse después en las mismas condiciones. En cuarto lugar debemos hablar de tutela judicial, porque el artículo 24 obliga a examinar las garantías del procedimiento y la posibilidad efectiva de defensa de los afectados. Y, en último lugar seguridad jurídica y prohibición de arbitrariedad, referido en el artículo 9.3 de la Carta Magna que exige reglas claras y decisiones justificadas, tanto a la Administración como a los órganos que controlan su actuación.
Mi criterio es que deben protegerse simultáneamente la regularidad del proceso electoral y los derechos de quienes hayan adquirido válidamente la nacionalidad y cumplan los requisitos electorales. No hay una solución seria que consista en sacrificar por sistema una de esas dos exigencias.
Pero sería incorrecto afirmar que el Constitucional carece siempre de competencia para corregir al Supremo. La Constitución reconoce expresamente la excepción de las garantías constitucionales a la supremacía jurisdiccional del Supremo. El límite no es que el Constitucional no pueda intervenir nunca: es que solo puede hacerlo por los cauces y motivos constitucionalmente previstos y lo cierto es que no lo está haciendo. Es muy grave y está haciendo política y al servicio de un grupo político, mejor dicho al servicio del Presidente Sánchez.
Por tanto, la crítica más contundente al Constitucional es que no puede actuar como una instancia de conveniencia política, ni el calendario electoral puede dispensarlo de justificar su competencia, la admisibilidad del recurso y el alcance de cualquier medida. Nunca pensé que se podía llegar tan lejos. El prestigio del Tribunal Constitucional, no es que esté por los suelos, está en los subsuelos.
¿Cómo valora la salud interna del PP gallego y su relación con el electorado? ¿Tiene identidad propia con Rueda?
La fortaleza electoral y del partido está acreditada. El dato esencial es que Alfonso Rueda obtuvo en febrero de 2024 cuarenta de los setenta y cinco escaños del Parlamento gallego. Fue la quinta mayoría absoluta consecutiva del PP y una victoria conseguida con Rueda como candidato, no con Feijóo encabezando la candidatura. Ese resultado le concede una legitimidad electoral propia que sería injusto reducir a una mera herencia.
Mi valoración es que ese es el mejor argumento contra la idea de un PP gallego convertido simplemente en una sucursal de la dirección nacional. Una sucesión política no queda consolidada porque el anterior líder designe a su relevo; queda consolidada cuando los electores lo respaldan. Rueda superó esa prueba y está siendo un gran presidente.
En términos de proyecto, creo que el PP gallego debe conservar una doble condición: formar parte de una alternativa nacional y mantener una agenda reconocible de Galicia. El riesgo no está en que Feijóo tenga peso; está en que todo se explique a través de Madrid y se pierda la capacidad de responder desde Galicia. Eso no está pasando y Rueda está actuando con libertad y acierto. Su identidad propia se está construyendo con decisiones, prioridades y con rendición de cuentas.
Desde una perspectiva favorable al PP, ese sería el mensaje más útil: Galicia no necesita que Rueda imite a Feijóo; necesita que haga valer el mandato que los gallegos le dieron a él.
Feijóo conoce Galicia, pero su proyecto se juega en Madrid. ¿Hasta qué punto su etapa gallega le sirve como aval nacional?
Le sirve como un aval de experiencia y continuidad, pero no como una garantía automática de éxito nacional. Es un gran gestor y ha sido un gran presidente de la Xunta. Los gallegos lo saben y lo han demostrado con cuatro mayoría absolutas.
Feijóo puede presentar una trayectoria prolongada al frente de un Ejecutivo y esas cuatro mayorías absolutas consecutivas en Galicia: 2009, 2012, 2016 y 2020. No llega al debate sobre la Presidencia del Gobierno únicamente con una propuesta: llega también con una experiencia de gobierno que puede ser examinada. No ha habido ni un caso de corrupción en 20 años y eso dice mucho, muchísimo en estos momentos-
Eso tiene valor. Permite que la discusión no se limite a quién comunica mejor o domina una jornada parlamentaria. Obliga a preguntar quién ha dirigido una Administración, qué prioridades estableció y cómo respondió ante las dificultades.
Ahora bien, sería un error vender Galicia como si fuera una España en miniatura. El salto nacional cambia la escala, los interlocutores y las condiciones políticas. La experiencia de gobernar con mayorías absolutas no resuelve por sí sola el desafío de construir y sostener una mayoría parlamentaria estatal.
El argumento favorable a Feijóo debe ser más inteligente que “ganó allí, por tanto ganará aquí”. Debería ser: ha acreditado capacidad para generar confianza electoral sostenida, y ahora tiene que demostrar que puede transformar esa experiencia en un proyecto nacional suficientemente claro.
Su etapa gallega es un punto de partida fuerte. Pero no puede ser una respuesta a todas las preguntas. El votante nacional tiene derecho a conocer sus prioridades, sus líneas rojas y las condiciones bajo las que estaría dispuesto a pactar. La mejor defensa de Feijóo no consiste en eximirlo del examen, sino en sostener que llega a ese examen con antecedentes de gobierno y con una base que merece ser tomada en serio.
¿Judicialización de la política, politización de la justicia o ambas?
Hay una combinación de fenómenos, pero no conviene repartir responsabilidades de forma mecánica ni llamar “judicialización” a toda investigación que afecta a un político.
Si existen hechos con posible relevancia penal, que un juez los investigue forma parte de su función. El problema aparece cuando los partidos convierten sistemáticamente los tribunales en una prolongación de su estrategia, o cuando el poder político intenta deslegitimar a quien investiga mediante la atribución de intenciones partidistas. Eso es muy grave y es juego sucio.
Ahí situaría una crítica muy dura al Gobierno: no puede pedir confianza en las instituciones cuando sus decisiones le favorecen y promover sospechas sobre sus motivaciones cuando le perjudican. Eso no significa que los jueces sean infalibles o que sus resoluciones no puedan criticarse. Pueden y deben discutirse sus argumentos, su proporcionalidad y su adecuación al derecho. Pero una cosa es cuestionar razonadamente una resolución y otra presentar la investigación de un entorno presidencial como una agresión contra la democracia.
El Gobierno tiene, además, una responsabilidad institucional superior a la de un comentarista o un partido sin funciones ejecutivas. Sus palabras se pronuncian desde el poder y deben medirse con ese criterio.
Existe judicialización cuando el conflicto político busca resolverse preferentemente en los tribunales; existe politización cuando se pretende que la justicia funcione o sea juzgada con criterios de partido. Y el episodio más preocupante aparece cuando el Ejecutivo intenta convertir la defensa de su entorno en una prueba de lealtad institucional.
¿Quién se beneficia de la sucesión de polémicas y qué asuntos quedan fuera?
Se beneficia quien consigue imponer el marco de cada polémica y mantener cohesionado a su electorado, lo que se llama imponer el relato. Eso puede favorecer a la oposición cuando aparecen hechos graves que exigen explicaciones, pero también al Gobierno cuando logra transformar una discusión sobre responsabilidades en una batalla de identidades.
Mi impresión es que Sánchez intenta obtener ventaja cuando la pregunta deja de ser ¿qué ha ocurrido? y pasa a ser ¿estás con nosotros o contra nosotros?- Lo primero exige información, lo segundo exige identificación emocional. Y la identificación emocional puede sobrevivir incluso a la ausencia de respuestas.
Pero Feijóo también debe evitar una trampa, que toda su alternativa dependa del siguiente episodio judicial. Una oposición tiene que fiscalizar; una alternativa de gobierno tiene, además, que mostrar qué hará si recibe la confianza.
Entre los asuntos que deberían recuperar centralidad situaría: el acceso a la vivienda y la posibilidad de emancipación; la calidad y sostenibilidad de los servicios públicos; el empleo, los salarios y la productividad; la fiscalidad y la eficacia del gasto; la atención a la dependencia y el envejecimiento; la cohesión territorial y la igualdad de trato entre ciudadanos ; y la calidad de las instituciones y sus mecanismos de control.
No afirmaría, sin un análisis específico de cobertura, que todos ellos han desaparecido de los medios. Mi argumento es otro: una conversación pública dominada por la réplica del día deja menos espacio para comparar soluciones y exigir resultados. Y hay una precisión imprescindible, informar sobre posibles irregularidades no es distraerse de los problemas de España. La corrupción y el abuso de poder, cuando se acreditan, también son problemas de España. La distracción aparece cuando el examen de los hechos se sustituye por una sucesión interminable de gestos y consignas.
¿Cuál es el principal problema jurídico y político? ¿Quién ofrece más explicaciones y quién tiene más preguntas pendientes?
Si tengo que escoger un problema central, señalaría el deterioro de la confianza en que las reglas y los controles se aplican con independencia de quién ocupa el poder. Es una valoración política, pero tiene un fundamento constitucional claro: los poderes públicos están sujetos al ordenamiento y la Constitución prohíbe la arbitrariedad. Y en todo ello incluyo al Tribunal Constitucional.
Cuando la discusión sobre una investigación acaba convertida en un juicio sobre las intenciones del juez, o cuando una controversia constitucional se presenta públicamente como una elección entre defender derechos o mirar para otro lado, se empobrece la comprensión de las instituciones.
En cuanto a quién ofrece más explicaciones, no sería honesto presentar una clasificación cuantitativa que no hemos realizado. Una firma programática no demuestra por sí sola que Feijóo haya contestado todas las preguntas; una comparecencia de Sánchez tampoco demuestra que haya aclarado lo sustancial. Sí formularía una diferencia política: Feijóo ha presentado un instrumento que pretende fijar compromisos públicos; Sánchez ha protagonizado recientemente una escenificación que la interpreto como movilización emocional en torno a su esposa. Son hechos de naturaleza distinta y permiten contraponer dos formas de plantear el debate, pero no sustituir una evaluación completa de ambos dirigentes.
En mi valoración, Sánchez tiene una obligación más inmediata de ofrecer explicaciones porque preside el Gobierno. No basta con exigir a la oposición que demuestre su alternativa: él debe rendir cuentas sobre el ejercicio del poder. Las preguntas que deberían guiar esa exigencia son concretas: qué hechos conoce, qué decisiones adoptó, qué controles funcionaron y cómo garantiza que los recursos y la autoridad institucional no se confundan con la defensa de intereses personales o partidistas. Plantear esas preguntas no presupone una respuesta incriminatoria; exige transparencia.
Feijóo tiene otro examen pendiente: demostrar cómo convertiría sus compromisos en decisiones, con qué apoyos y qué límites no estaría dispuesto a negociar. Los partidos que sostienen o disputan el poder deben responder igualmente por sus pactos, sus exigencias y sus propuestas.
Mi valoración es favorable a Feijóo como alternativa, pero el cambio que defiendo no puede limitarse a sustituir un presidente por otro. Debe devolver centralidad a los compromisos comprobables, al control del Gobierno y al respeto de las competencias institucionales. Sánchez tiene que explicar su gestión sin refugiarse en la emoción; Feijóo tiene que concretar su alternativa sin vivir únicamente del desgaste del adversario; y el Constitucional tiene que justificar sus decisiones con derecho, no con una retórica que parezca anticipar el resultado.










