Lo que debe saber sobre la campaña de Renta del 2018
Ya estamos inmersos en la campaña de Renta para la declaración del ejercicio 2018.
El plazo para la presentación de la declaración del IRPF finaliza el día 1 de julio.
Los contribuyentes que les salga a devolver ya pueden presentarla, la Agencia Tributaría dispone de varios medios para agilizar este trámite por internet, a través del certificado digital o una PIN con clave.
Para saber la información que Hacienda tiene de nosotros sobre el ejercicio 2018, desde el pasado 15 de marzo, se pueden consultar vía web estos datos, para comprobarlos y ser utilizados en la declaración de la renta del IRPF.
Generalmente para aquellos que sus ingresos provienen de rendimientos de trabajo la declaración es generada de forma automática.
La declaración se complica cuando hay otros rendimientos por parte del contribuyente como rendimientos económicos, inmobiliarios o mobiliarios, en este supuesto es bueno tener la adecuada formación en impuestos y fiscalidad en IRPF.
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De todas formas puede contar con la ayuda de la Agencia Tributaria, pedir vía telefónica una solicitud de cita previa.
Los teléfonos donde se pueden llamar son los siguientes:
901 12 12 24 / 91 535 73 26 (centralita automática)
901 22 33 44 / 91 553 00 71 (callcenter personal todos los días de la semana menos sábado y domingo de 9 de la mañana a 7 de la tarde).
Como ya hemos comentado desde este mes de abril ya se puede presentar la declaración por internet. En los teléfonos anteriores también se puede pedir que le hagan la declaración de la renta.
A partir del 14 de mayo se pueden presentar la declaraciones del IRPF y Patrimonio del 2018 en las entidades colaboradoras establecidas al efecto, así como en las Oficina de la Agencia Tributaria.
El 26 de junio constituye una fecha a tener en cuenta, ya que es la fecha tope establecida para domiciliar los datos bancarios de aquellas personas, que les salga a ingresar.
En este día finaliza el plazo de los contribuyentes que tienen que les salga a ingresar en su declaración de la Renta.
Y finalmente el 1 de julio se cierra la campaña de Renta para el resto de declaraciones.
Como novedades más importantes para este ejercicio cabe resaltar que en este ejercicio están exentas las prestaciones de maternidad y paternidad.
Es importante destacar que aquellos contribuyentes que hubieran declarado estas cantidades en ejercicios anteriores, podrán solicitar su devolución, solicitando la rectificación de la liquidación del IRPF presentada en su día, en base a sentencia de Tribunal Supremo dictada el 28 de octubre del 2018.
Se disponen de modelos establecidos al efecto para rectificar las autoliquidaciones presentadas.
No estarían prescriptos los ejercicios del 2014, 2015, 2016 y 2017, si bien el ejercicio 2014 prescribirá cuando acaba esta campaña de renta.
Se prevé que en esta campaña de Renta 2018 se devuelvan a los contribuyentes más de 10.468 millones, lo que supone un incremento de casi un 5% respecto al ejercicio anteriores.
Parece razonable plantearse una reforma en las cantidades que los contribuyentes tienen que pagar a cuenta por este impuesto (principalmente retenciones en nómina), ya que en cierta manera el ciudadano está financiando o prestando dinero a la Administración Pública.
Esas cantidades en mano del contribuyente podrían mejorar el consumo interno y por extensión el Producto Interior Bruto (PIB).
Además de los servicios web que la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes cabe destacar que se puede bajar una app para hacer todas las gestiones a través del celular.