República de Absurdia, año 2030
Juan A. Darder.- Esto es un relato imaginario que acontece en un imaginario país denominado República Federal de Absurdia, y describe un juicio contra un violador reincidente, declarado y confeso. En la sala donde se celebra el juicio no hay hay ningún símbolo religioso, como el clásico crucifijo, puesto que hace años fue retirado por dos motivos; primero porque Absurdia es un país ateo y por ley se impone que no hay nada superior ni trascendente por encima de la realidad humana, cosa que se considera una mera superstición, y en segundo lugar, también esta prohibida la presencia de imágenes referentes a Cristo o a Dios, puesto que según las leyes igualitaristas de Absurdia, esto se considerado “patriarcal” y “machista”, puesto que los teólogos del sistema, aun no han aclarado si Dios es hombre o mujer…
El tribunal, presidido por un señor con el pelo rojo y verde con rastas, porta tatuada una araña en el cuello y lleva un enorme piercing en la nariz (ahora los magistrados ya no llevan togas, puesto que esto esta prohibido por considerarse propio de uniformidad fascista), tiene que decidir qué pena se impone al mencionado acusado de violación, declarado y confeso, que se encuentra custodiado por dos policías, uno de los cuales lleva desaliñada barba de tres días y con una coleta que le llega hasta las nalgas, el otro, mastica chicle y escucha música con un walkman (En Absurdia esta prohibido todo reglamento de estética policial por considerarlo propio del fascismo). El reo puede recibir una sentencia que represente 30 años de prisión, dependiendo de los condicionantes, agravantes o eximentes. Evaluado el caso, y en aplicación de las leyes “democráticas” vigentes, el tribunal resuelve:
Aplicar eximente en base a la “ley del menor adulto”, que contempla una reducción de pena de 5 años a los condenados que sean menores de 25 años.
Aplicar eximente en base a la ley de “victimes de la sociedad”, que contempla una reducción de pena de 5 años a los condenados consumidores de drogas, puesto que se consideran victimas del sistema social.
Aplicar eximente en base a la ley de “victimes de la administración estatal”, que contempla una reducción de pena de 5 años a los condenados reincidentes, puesto que se consideran victimas del fracaso del sistema penitenciario.
Aplicar eximente en base a la vigente ley de “normalización y defensa lingüística”, que en el mencionado caso, le aporta una reducción de pena de 10 años, puesto que se ha demostrado que el violador, cuando violaba a la víctima, no la amenazaba en español, sino que hablaba la lengua de la comunidad autónoma, lo que le reporta la mencionada reducción de pena de 10 años…
A pesar de que el violador, gritaba y amenazaba, y profería frases repugnantes a la víctima en lengua autóctona (lengua aprendida en un intensivo cursillo sindical) cuando cometió su crimen, también se beneficia del eximente que le otorga la “ley de extranjería desarraigada”, que contempla una reducción de pena de 15 años, puesto que el reo es un inmigrante extranjero, ilegal y con antecedentes penales en su país, y por lo tanto le es de aplicación la mencionada ley.
El tribunal concluye que acumula eximentes equivalente a 40 años, frente a una pena potencial de 30 años, por lo tanto, se considera que el reo ha sido gravemente perjudicado con 10 años, por lo cual se resuelve que no tiene que ir a la prisión y que tiene que ser puesto en libertad de forma inmediata, y ser indemnizado con 100.000 euros. Por otro lado, en una resolución adicional, se considera que la señora violada tiene que recibir tratamiento psicológico, pero no para tratar las secuelas psicológicas de la brutal agresión, sino que el tribunal, durante la instrucción penal del caso, ha comprobado que la mencionada señora tiene creencias religiosas, hace veinte años que esta casada con el mismo marido al cual es fiel, tiene cuatro hijos, y no constan antecedentes de consumo de drogas ni se conoce que tenga militancia con grupos radicales feministas ni proabortistas, por lo tanto, hay que aplicarle el artículo 666 del decreto de “personalidades susceptibles de distòcia democrática”, y en base a la “ley de defensa del laicismo y libertades del Estado”. Dictada sentencia, se levanta la vista.
No querría ver nunca una España convertida en Absurdia, pero…
Nos podremos tomar este relato a broma. Sin duda el autor hace gala de una fina ironía. Pero si un artículo de esta guisa se hubiera escrito en los años 50 o 60 del pasado siglo dentro del contexto de la época y ajustándose a las expectativas futuras de nuestros días, la descripción de Absurdia muy bien podría ser la actual España. De hecho, de haberle contado a un Español de aquellos años el surrealismo que rige buena parte del sistema judicial, político, social… se hubiera desconojado en nuestra cara y nos habría mandado al loquero. Así que quizá el… Leer más »
No le extrañe que aquí acabemos así, y dentro de poco…
POR LO DEMÁS, EXCELENTE RELATO Y DESCRIPCIÓN.
Enhorabuena.