El nuevo Código Penal podría establecer cadena perpetua revisable para terroristas y grandes asesinos
El titular de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha presentado hoy al Consejo de Ministros el borrador del anteproyecto de ley de reforma del Código Penal que incluye por primera vez en la historia de la democracia la pena de prisión permanente revisable. Según ha explicado el propio ministro, este castigo podrá imponerse a los terroristas con asesinatos a sus espaldas, magnicidas, genocidas y grandes asesinos. En este último tipo, según el texto de Justicia, entrarán los asesinos de menores de 16 años o de “personas especialmente vulnerables”, los homicidas que maten después de cometer delitos sexuales o los asesinatos múltiples, incluidos los cometidos entre bandas.
Ruiz-Gallardon ha explicado que las ‘cadenas perpetuas’, como ocurre en varios países europeos, sería revisables entre los 25 y los 35 años de cumplimiento efectivo. El ministro insistió que la introducción de la prisión permanente revisable, dirigida a proteger “bienes jurídicos de especial interés”, tiene amparo jurídico del Tribunal Europeos de Derecho Humanos y por el Consejo de Estado que ya dictaminó que este castigo es acorde a la Constitución.
Las otras novedades que incluirá el Código Penal desgranadas por el ministro son:
Custodia de seguridad
El nuevo Código Penal introduce, por primera vez, la custodia de seguridad. Se trata de una medida privativa de libertad para casos excepcionales que se aplicará una vez cumplida la pena de prisión y después de que el tribunal valore si se mantiene la peligrosidad del penado. La custodia de seguridad tiene una duración máxima de diez años aunque se pondrá fin inmediatamente a esta medida de seguridad si el tribunal estima que desaparecen las circunstancias que la hacían necesaria.
Esta medida sólo será aplicable a quienes hayan sido condenados por delitos de especial gravedad como son los delitos contra la vida, la integridad física, la libertad, la libertad o indemnidad sexual, los cometidos con violencia o intimidación, contra la comunidad internacional, terrorismo o tráfico de drogas.
Detención ilegal y delito continuado
Es una reforma muy relacionada con el caso Bretón. Se modifica la regulación del delito de detención ilegal con desaparición. En los casos en los que no se dé razón de lo ocurrido con la víctima se fijará una pena única equivalente a la que corresponde al delito de homicidio, con independencia de que aparezca el cuerpo o no.
Libertad condicional
La libertad condicional pasa a ser regulada como una suspensión de la pena, de tal modo que si, una vez en libertad, el penado vuelve a delinquir, podrá ser devuelto a la cárcel para que siga cumpliendo condena desde el momento en que quedó en suspenso.
Se aplica en los mismos términos en los casos de prisión permanente revisable, cuando una vez cumplidos los años fijados se revise su situación y el tribunal entienda que puede acceder a esta medida.
Supresión de las faltas
Con el objetivo de hacer efectivo el principio de intervención mínima del Derecho penal y de reducir el número de asuntos menores que sobrecargan los juzgados, se ha decidido suprimir las faltas. Se mantendrán las que son merecedoras de reproche penal, pero como delitos leves, denominados de escasa gravedad y que estarán castigados con penas de multa.
Asesinato
El Código Penal actualiza el delito de asesinato, de forma que se considerará tal, además de los ya previstos, el homicidio que se cometa para facilitar al comisión de otro delito o para evitar ser descubierto.
Hurto y robo
Se suprime la falta de hurto para sustituirla por un delito leve de hurto que castigará los casos en los que lo sustraído no supere los 1.000 euros, aunque para fijar este límite se tendrá en cuenta la capacidad económica de la víctima.
Multirreincidencia
Se prevé que en el caso de delincuencia profesional y organizada se les pueda condenar con el tipo agravado a penas de uno a tres años de prisión e, incluso, en los casos más graves, de entre dos y cuatro años.
Las agravantes del delito de robo son: el desamparo de la víctima y el pillaje que puede darse en situaciones de catástrofe; la profesionalidad; el portar armas; la participación de un grupo organizado, y el hurto de conducciones de suministros eléctricos o de cableado de telecomunicaciones.
Atentado, resistencia y desobedienciaLa reforma del Código Penal clarifica la definición del delito de atentado que incluye todos los supuestos de acometimiento, agresión, empleo de violencia o amenazas graves de violencia sobre el agente. Pero no se equipara con la acción de resistencia meramente pasiva que, junto a la desobediencia, se mantiene, como hasta ahora, penada con entre seis meses y un año de cárcel. La falta de desobediencia desaparece del Código, pero se sancionará como infracción administrativa de la Ley de Seguridad Ciudadana. Se incluyen como sujetos protegidos los miembros de los equipos de asistencia o rescate.
Incendios forestalesLa reforma del Código Penal contempla un endurecimiento de las penas para los autores de incendios forestales que se consideren especialmente graves. La pena prevista actualmente para estos delitos es de tres a cinco años de cárcel y, con la reforma, la pena se elevará hasta los seis. Además, cuando los incendios afecten a espacios naturales protegidos se castigarán del mismo modo que los delitos contra el medioambiente, lo que significa que sus autores podrán ser castigados con la pena superior en grado, que en este caso supone nueve años de prisión.
Delitos económicosTipificación de las conductas de obstaculización de la ejecución y ocultación de bienes. Se adecua la insolvencia punible a los supuestos de acreedores declarados fraudulentos y se da una respuesta proporcionada a posibles conductas ilícitas de los administradores concursales,
Transposición europea
La reforma incluye la transposición de varias directivas europeas relativas a la lucha contra el racismo y la xenofobia, por la que se tipifica la negación del genocidio siempre que incite al odio contra las minorías; la lucha contra los abusos y explotación sexual de los menores y pornografía infantil, en la que se delimita la pornografía infantil punible, incluyendo montajes fotográficos con menores, y la lucha contra la trata de seres humanos.
Esterilización
Atendiendo a las recomendaciones del Comité de Seguimiento de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por Naciones Unidas en diciembre de 2006 y ratificada por España en abril de 2008, se reconduce a la vía civil el tratamiento de la esterilización de las personas discapacitadas.
Pues a buenas hora mangas verdes por eso esta suelto el Bolinaga de mierda.
Pues mira tu por donde en España hay cantidad de candidatos para que les impongan esa pena,.
Particularmente seria una satisfacción y no tienen acostumbrados a la menor alegría ni los magistrados ni los políticos , si se desarrolla este propósito con dureza disuasoria y no lo edulcoran asta hacerlo indigerible poque perderia su pretensión y poco serviría. “Cadena perpetua revisable para terroristas y grandes asesinos”.Suena bien. ¿Para considerarle gran asesino a un criminal como lo hacemos?. Las revisiones de condena no pueden quedar en las emociones de los jueces. 20 AÑOS = 20 AÑOS HA CUMPLIR .Con las leyes claras queda poco margen para jugar a dioses a ciertos magistrados que están en activo con veredictos… Leer más »
Todos los días detenienen a “gente” que acumula antecedentes …¿por qué siguen en la calle?
El ejemplo de hoy
http://www.elmundo.es/elmundo/2012/09/16/madrid/1347794854.html
PENA DE MUERTE A ETA.
Todo lo demás son milongas.
“JUECES PARA LA DEMOCRACIA” VALIENTE DEFINICIÓN PRESUNTUOSA Y ENGAÑOSA, CON VISOS DE TAUTOLOGIA RIDICULA – SOBRE TODO SI NO HAY “JUECES PARA LA DICTADURA”. YO CREÍA, INGENUO DE MI, QUE LA CADENA PERPETUA ERA ENTRAR VIVO EN LA TRENA Y SALIR CON EL PIJAMA DE MADERA. CUALQUIER OTRA VALORACIÓN SEMÁNTICA ES PURA MILONGA. OTRA COSA, Y VAYA POR DELANTE QUE REPUGNO LA VIOLENCIA DE SEXO – EL GENERO ES GRAMATICAL – EL MERO HECHO DE QUE UNA DECLARACIÓN DE UNA MUJER IMPLIQUE LA DETENCIÓN INMEDIATA DE UN HOMBRE, SIN RESPETAR LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA, ES UNA ABERRACIÓN JURÍDICA DIGNA DE… Leer más »
Resumiendo la mayoría de los delitos cometidos por extranjeros quedarán impunes. Hasta 1000.
La cadena perpetua revisable, que quiere decir que el gobierno de turno podrá soltar a cualquier Bolinaga cuando quiera.
La única novedad y el motivo de toda la reforma es que estará penado negar el holocausto judío.
Y luego algunos se preguntan quien es el que de verdad manda aquí.
Nada, cuatro chorradillas para despistar y crear una cortina de humo, Al auténtico cáncer de la sociedad española ni tocarlo. El choriceo político. El enchufismo, La disgregación de la Nación, Etc… (11M, Faisan…)
Mientras tanto en Violencia de género siguen pisoteando la presunción de inocencia (principio Iuris Tantum), y una mujer que denuncie a un hombre por malos tratos no tiene que demostrar con pruebas el hecho denunciado. Condenando automátcamente al hombre, quien durante todo el proceso recibe un trato de presunto culpable con orientación a culpabilidad plena. Esto atenta contra los Derechos Humanos de todo ciudadano español.
El PP, en lugar de reescribir, parchea sin contemplaciones un código penal que ya de por sí es insuficiente e inútil para la mierda de sociedad que la democracia tarada de nuestros politicastros ha creado. Huelga decir que la falta de “mano dura” es lo que nos lleva sin consimeración al desastre total y absoluto. Lo digo con conocimiento de causa y hartazón de ciudadano desasistido por las Autoridades y entregado a la voracidad de los Enemigos de España.
http://cspeinado.blogspot.com
Atentado, resistencia y desobediencia
La reforma del Código Penal clarifica la definición del delito de atentado que incluye todos los supuestos de acometimiento, agresión, empleo de violencia o amenazas graves de violencia sobre el agente. Pero no se equipara con la acción de resistencia meramente pasiva que, junto a la desobediencia, se mantiene, como hasta ahora, penada con entre seis meses y un año de cárcel. La falta de desobediencia desaparece del Código, pero se sancionará como infracción administrativa de la Ley de Seguridad Ciudadana. Se incluyen como sujetos protegidos los miembros de los equipos de asistencia o rescate.
Si no lo he entendido mal, una vez entre en vigor el nuevo Código Penal uno podrá robar 999 euros y no será delito, ¿es eso?
La justicia española es un cachondeo y todos estos proyectos son patrañas y tomaduras de pelo para imbéciles. Quien no vea que este sistema es una estafa y un robo que está llevándonos de cabeza al abismo es tonto perdido sin remedio.
Etarras liberados, asesinos condenados solo a 20 años, comida y trabajo en la cárcel (fuera de la cárcel algunos honestos ni eso).
España está perdido. Solo lo salvará un cataclismo y salirse de la democracia.
Un cataclismo.
Ja ja ja revisable dice.
Lo que hay que “revisar” es la democracia que tanto alabáis.
Yo no alabo la Democracia.
Las penas por delitos de Traicion y Alta traicion ni se miran, suben el minimo (suponiendo que se siga pensando igual) para que el robo sea delito: de 400 a 1000, prohibición de ir armados (espero que los de la casta dejen escoltas y vehículos blindados en casa, o dejen el puesto por incoherentes, ¿El pueblo no puede ir armados y ellos hasta los dientes? … algo no concuerda, si tan bonito y seguro es este país de jauja, si tan falto de inseguridad ciudadana y tan seguros están las propiedades privadas ¿a que necesitan escoltas -hombres armados-?, vamos que… Leer más »
LOS DELINCUENTES Y LOS TIRANOS DESEAN UNA SOCIEDAD DESARMADA. Asi son los únicos armados.
¿Para cuando derogación de la “ley de proporcionalidad” como se hizo con las leyes contra la usura y las de traición?, ¿Para cuando podrá el ciudadano defender sus bienes y familias de la creciente horda delincuente?
“Hurto y robo Se suprime la falta de hurto para sustituirla por un delito leve de hurto que castigará los casos en los que lo sustraído no supere los 1.000 euros, aunque para fijar este límite se tendrá en cuenta la capacidad económica de la víctima.” Como siempre la casta haciendo las cosas al revés y fomentando la delincuencia extranjera. Deben de estar de enhorabuena los multiculturales, tironeros, ladrones del metro, etc, ya que antes el hurto estaba con límite 400, ahora pueden robar hasta 1.000 euros y entran y salen de la comisaría. Antes, si robaban 500 al menos… Leer más »
Vaya, no había leído ésta, que es todavía peor: “Supresión de las faltas Con el objetivo de hacer efectivo el principio de intervención mínima del Derecho penal y de reducir el número de asuntos menores que sobrecargan los juzgados, se ha decidido suprimir las faltas. Se mantendrán las que son merecedoras de reproche penal, pero como delitos leves, denominados de escasa gravedad y que estarán castigados con penas de multa.” Estarán de enhorabuena todos los malhechores de España. Ahora el % de delitos de inmigrantes bajará notablemente con ese sencillo truco de hacer que no existan los delitos de faltas.… Leer más »
Me parece estupendo que se reestablezca la cadena perpetua como sanción penal. España es uno de los pocos países del mundo en que ésta no se usa.
Y el último punto, el de la esterilización, no lo entiendo. ¿En qué consiste reconducir algo a la vía civil?
pues mira,en eso te doy la razon
MAS DE LO MISMO YO NO VEO EL CAMBIO
Asquerosa la línea de actuación de estos derechoides liberales acomplejados.
¿Por qué solo para terroristas y asesinos de menores?¿Por qué no para todos los asesinos y violadores sean o no de menores?
¿Revisable?
Después llegará el juez”para la democracia” progre de turno y te soltará al asesino cuando le venga en gana.
Sociedad amariconada y mansa que permmite que la élite no imponga la justicia(no vaya a ser que un día ellos la tuvieran que sufrir)