La Justicia da la razón a COPE frente a la SER
El magistrado juez titular del Juzgado de lo Mercantil Número 8 de Madrid, Francisco de Borja, ha dictado un Auto en el que dice que “debo desestimar y desestimo íntegramente la petición de medidas cautelares realizada por la cadena SER de suspensión o cesación provisional en el programa ‘Tiempo de juego’, de COPE, de la temporada 2010/2011, de determinado formato o secciones fijas, así como de la suspensión de explotación de anuncios publicitarios o de su grabación en la página web de la demandada, así como el depósito de ingresos obtenidos por el programa ‘Tiempo de juego’, deducidas todas ellas frente a COPE, Francisco González y José Domingo Castaño”.
La SER interpuso en su día demanda contra la COPE por presunto plagio del programa ‘Carrusel Deportivo’ por su parte del también programa deportivo’Tiempo de juego’, como asimismo por competencia desleal por el fichaje de ciertos colaboradores/trabajadores de la SER.
En dicha demanda solicitaba la adopción de medidas cautelares que ahora le han sido desestimadas por completo al estimar el Juzgado que, sin prejuzgar el fondo del asunto, no existe una apariencia clara de buen derecho; incluso afirma el citado auto sus serias dudas acercar de la protección, por la Ley de Propiedad Intelectual del propio formato del programa ‘Carrusel’.
Entre los razonamientos jurídicos en los que se ampara el juez a la hora de emitir este auto, destaca que “puede comprobarse que sin llegar a la identidad, existe una cierta similitud y parecido entro todos los programas radiados, de distintas cadenas, destinados a dar cuenta de la jornada deportiva de la tarde del fin de semana. Todos ellos, en más o en menos, reúnen algunos o muchos de los elementos invocados para su formato por la SER”. Y al hilo de esta cuestión añade: “Se puede decir que existe una manera tipo de llevar esta clase de programas, y la elección por el oyente de uno u otro depende más bien de elementos diversos del formato. La distintividad básica de cada programa para el público no está en su formato, sino en otros elementos, y el formato apenas puede tener alguna originalidad o creatividad sobre esa manera tipo de informar sobre la jornada futbolística”.
También indica el magistrado que “está absolutamente generalizada en la práctica radiofónica la emisión de anuncios realizados en directo por el locutor o presentador de un programa. Otro tanto ocurre con la existencia de espacios de interrelación con los espectadores, con invitación a que estos se manifiesten a través de mensajes cortos de telefonía. O el uso de un sonido como el del ‘código morse’, cuya apropiación exclusiva difícilmente puede ser hecha para un formato radiofónico concreto”.
Asimismo, el Auto reconoce que “es notoriamente conocido el talante especialísimo, atribuíble a su personalidad, a su subjetividad en la manera de hacer, con el que José Domingo Castaño ejecuta tales anuncios”.
La COPE va a continuar desplegando todas sus energías al objeto de que las personas que día a día protagonizan sus diferentes programas radiofónicos no se sientan presionadas o amordazadas por acciones como las que la SER ha emprendido contra las mismas.