El TC y los toros a la balear: ni buena, ni inesperada, ni definitiva noticia
A. Amorós.- El 3 de agosto, el Parlamento de Baleares aprobó una Ley que permitía sólo un nuevo tipo de corridas, «a la balear»: sólo podrían usarse capote y muleta, sin picas, banderillas ni espadas (además de otros disparates sobre dónde deben comprarse los toros, control antidopaje, etc). El 10 de noviembre, el Gobierno presentó un recurso, avalado por el Consejo de Estado y muy bien argumentado: esa Ley es igual de anticonstitucional que la muy parecida Ley catalana. El 28 de noviembre, el Tribunal Constitucional admitió a trámite el recurso y aprobó la suspensión de la Ley recurrida. A punto de cumplirse el plazo de cinco meses, el Constitucional ha levantado ahora esa suspensión.
No es una noticia buena pero tampoco es inesperada ni definitiva. No es buena: otros podrían seguir el ejemplo balear. No es inesperada: el principio jurídico habitual es «pro norma», no desautorizar una ley autonómica si no hay perjuicio al interés general. No es definitiva: lo será la decisión del recurso. Lo malo es que puede tardar varios años… El fondo: desnaturalizar totalmente las corridas, protegidas por la Constitución, es peor que prohibirlas.