Un Juzgado dicta que el ex presidente de Melilla no puede presentarse como candidato el 22 de mayo
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo ha dictaminado que estima el recurso contencioso-electoral presentado por el Partido Popular contra la candidatura de su ex presidente Ignacio Velázquez como número 2 del nuevo Partido Populares en Libertad (PPL) “al no reunir los requisitos que establece la ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) al concurrir en el mismo la causa de inelegibilidad que establece el artículo 6.2 b) de la Ley Electoral”.
Así, el tribunal añade en su auto que el que fuera presidente de la ciudad y del PP, y hoy líder del PPL, no puede concurrir por tanto “en ninguna posición en la lista” a las elecciones autonómicas del 22 de mayo. El juzgado, además, ha acordado igualmente desestimar el recurso presentado por el PPL a la decisión de la Junta Electoral de impedir que Velázquez fuera de número 1 de la lista del PPL y que le obligó a dejar su lugar a Julio Liarte, y él pasar a número dos. La sentencia es firme y no se puede recurrir, salvo la posibilidad de “poder presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional”
Con la última resolución del Contencioso-Administrativo Ignacio Velázquez se ve obligado a abandonar la candidatura del PPL y por tanto no podrá presentarse a las elecciones, ya que se encuentra inhabilitado para ejercer cargo al haber cometido sendos delitos de prevaricación, cuya pena de 15 años no se extingue hasta el año 2017.