La institucionalización de la okupación ilegal en España
Elena Ramallo Miñán.- Una reciente sentencia, en relación con un recurso presentado por Esquerra, obliga al Ayuntamiento de Lérida a empadronar a ocupantes ilegales sin la comunicación ni el consentimiento al propietario, ha generado una profunda controversia jurídica y social. Esta decisión no solo desafía el sentido común, sino que erosiona pilares esenciales del Estado de derecho al poner en entredicho la protección constitucional del derecho de propiedad privada (art. 33 CE). Por lo que, no solo es cuestionable por su sesgo ideológico, sino por sus efectos; incentiva la ocupación ilegal, dificulta la defensa de los propietarios y genera inseguridad jurídica en el mercado inmobiliario.
El empadronamiento de ilegales no resuelve un problema social; lo agrava. Premia la ilegalidad, penaliza el cumplimiento y envía un mensaje devastador: en España, vulnerar la ley puede ser rentable. Los poderes políticos y el poder judicial tienen que actuar como garante de derechos, no como legitimador de agendas ideológicas.
Este acto emanado de un tribunal, que prioriza el empadronamiento como vía para garantizar el acceso a determinados servicios básicos, pasa por alto una cuestión esencial: la legalidad de la ocupación. El empadronamiento no puede convertirse en una herramienta para legitimar actos ilícitos como la usurpación de inmuebles, amparándose en el principio de protección social mientras se erosiona uno de los pilares básicos del Estado de derecho: la inviolabilidad del derecho de propiedad.
Esta decisión judicial debe analizarse en el contexto político, como el resultado de una agenda ideológica impulsada por formaciones nacionalistas y partidos de izquierda que, bajo la bandera de los ‘derechos sociales’, han convertido la ocupación en un fenómeno tolerado y amparado. En Cataluña, el gobierno autonómico ha legislado reiteradamente a favor de los ocupantes, limitando los desahucios y sancionando a propietarios de viviendas vacías, en una deriva intervencionista que vulnera el principio básico de seguridad jurídica (art. 9.3 CE).
Lo más, grave, si cabe, es que no se trata de un caso aislado. En los últimos años, los gobiernos autonómicos y nacionales de corte nacionalista, socialista o de izquierda radical han impulsado medidas que, directa o indirectamente, favorecen la vulneración del derecho de propiedad. Desde la imposición de limitaciones al desalojo hasta la cesión de viviendas vacías bajo supuestos de «interés social», la tendencia apunta a un debilitamiento sistemático del marco jurídico que protege la titularidad legítima.
La jurisprudencia ha establecido que el padrón municipal tiene como objetivo reflejar la residencia habitual, pero en ningún caso legitimar situaciones ilegales, como es la ocupación. Por lo que, esta sentencia se convierte en perniciosa al introducir una peligrosa confusión entre el derecho administrativo al registro y la validación de conductas contrarias a la ley. Este tipo de resoluciones abren la puerta a una «normalización» de la ocupación, lo que afecta no solo a los propietarios, sino al conjunto de la ciudadanía que observa cómo el cumplimiento de la ley deja de ser la base de la convivencia.
El Estado de derecho exige un equilibrio entre los derechos sociales y los derechos individuales, y este equilibrio se rompe cuando se socava el principio de legalidad. La pregunta es sencilla: ¿quién protege a los ciudadanos cumplidores frente a la vulneración de sus derechos? La respuesta, por desgracia, es terrible; nadie. Se vulneran los derechos de miles de ciudadanos que pagan impuestos, hipotecas y alquileres y ven cómo el Gobierno y el Estado les dan la espalda, y se aplica una desigualdad de trato. España corre el riesgo de institucionalizar la ilegalidad con la okupación ilegal.
*Elena Ramallo Miñán es doctora en Derecho e investigadora en Inteligencia Artificial aplicada a la Justicia y Derechos Humanos












Los amigos de lo ajeno piden, pero nunca dan de lo suyo.