Cádiz: Un juez obliga a un hombre a pasarle una pensión alimenticia a su hija de 29 años
Un Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Arcos de la Frontera (Cádiz) ha condenado a un vecino de Valverde del Camino (Huelva) a pagar 500 euros mensuales a su hija de 29 años en concepto de pensión alimenticia.
Fernando Osuna, abogado de este hombre, ha informado de la decisión judicial y ha mostrado su “sorpresa” por que el juez haya accedido a la petición de la hija y le haya reconocido la pensión que se mantiene “en tanto en cuanto acabe sus estudios o encuentre trabajo”.
Según ha dicho, ha de tenerse en consideración que se trata de una joven que “en la actualidad tiene ya una edad en la que debería haberse buscado un trabajo”, pero que, sin embargo, “aún no ha terminado la carrera, sus padres están separados y vive con su madre en la provincia de Cádiz”.
El letrado considera que esta sentencia “obedece a un criterio desviado, erróneo o no acertado” del juez y “choca frontalmente” con el que tiene establecido el Tribunal Supremo, el cual “rechaza estas situaciones que suponen un abuso de derecho y que no admite a los hijos zánganos”.
El concepto de alimentos es definido en el artículo 142 del Código Civil con un carácter amplio, entendiéndose por alimentos no sólo la prestación alimenticia pura, sino también todo aquello que es indispensable para la habitación, vestido y asistencia médica, e incluso la educación e instrucción mientras es menor de edad, y aun después cuando no haya terminado su formación por causas que no le sean imputables.
Osuna ha informado de la decisión de este padre de recurrir la sentencia del juzgado gaditano al entender que “sostiene una situación abusiva e injusta”.
Otra mujer que se lo ha montado para vivir sin trabajar a costa de un hombre, algo completamente aceptado socialmente. Nada nuevo bajo el sol.
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Claro, y si el padre se queda sin empleo, de la prestación por desempleo le retendrán una cantidad para la hija. Y cuando agote la prestación y le paguen el subsidio de 400 euros, también desviarán una cantidad para esa hija que, para entonces, tendría ya treinta y tantos.
MORALEJA: ¿A quien votará la hija? Pues a la castuza que se mea y se caga en los currantes que se desloman para que sostener sus nóminas, y a zánganas como la que nos ocupa.
Yo cada día flipo más, que se fuman… La tía tiene 29 y ya no es una niñita pequeña, para que la tenga que mantener su padre,que se ponga a trabajar y estudie como muchos jovenes de su edad, es más yo tengo su edad y no voy pidiendo ná.
Yo me hago una pregunta…
¿Reclamó la hija el pago de una pensión de alimentos a su padre… Y TAMBIEN A SU MADRE…?
Porque yo entiendo, que la pensión de alimentos debe ser exigida a ambos progenitores… con independencia de sus ingresos, y luego el juez debe decidir las cantidaades en función de los ingresos de cada progenitor…
En fin… que TODO PARA ELLAS!!!
Y a nosotros que nos den…
A este paso de aquí a NADA el hombre también tendrá que hacerse cargo de la mujer las hijas y los nietos. Esta debe ser el prototipo de tía fea, medio tonta (con 24/25 años, puede ser uno Licenciado, o a lo mejor es MUY LISTA) e inútil que no sabrá hacer un huevo frito y entonces, no vale ni para MANTENIDA (si hombre, esas que las hay POR MILLONES, que no saben hacer “la O con un cañuto” ) y las tiene que alimentar SIEMPRE EL HOMBRE y dar cobijo a ella y a los hijos de ella, DE… Leer más »
Es lista, pero como la sociedad le dice y le repite una y mil veces que es lo “justo”, pues ea.
La justicia barre siempre para ese lado, plan kalergi.