El ‘nasciturus’ contabilizará para el título de familia numerosa desde la semana 12 de embarazo en Madrid
Las familias podrán adquirir la condición de familia numerosa o adquirir la categoría especial desde la semana 12 de embarazo. El anteproyecto de ley de la Comunidad de Madrid para el reconocimiento del nasciturus incluirá este plazo para poder acceder a las ayudas y beneficios fiscales antes de que nazca el hijo. La norma continúa con su procedimiento en el trámite de audiencia pública para ser aprobada durante esta legislatura en la Asamblea de Madrid. La medida permitirá acceder a bonificaciones en la factura del agua, rebajas fiscales en la adquisición de vivienda habitual, descuentos en el transporte público o reducción en las tasas universitarias, entre otros beneficios.
“El concebido se considera como nacido y como un miembro más de la unidad familiar a todos los efectos que sean beneficiosos para el niño o niños todavía no nacidos, la madre gestante o la unidad familiar”, expone el anteproyecto consultado por 20minutos. La norma establece que para acceder a estas condiciones se deberá acreditar el embarazo. Este paso, con carácter general, no requerirá una semana mínima de gestación. Para ello, se deberá presentar un informe clínico actualizado donde figure la identificación del médico, con su número de colegiado, el tiempo de gestación y la fecha prevista para el parto.
Sin embargo, en los embarazos donde haya una repercusión en la condición de familia numerosa será necesario esperar a la semana 12. “La fijación de esta semana en concreto resulta de la evidencia médica, que indica que el riesgo de aborto en el embarazo disminuye considerablemente a partir de esta semana, situándose en torno al 1% o menos”, detalla la Memoria de Análisis de Impacto Normativo que acompaña el procedimiento. Transcurrido este plazo, la petición podrá hacerse de manera telemática. La Administración autonómica dispensará un certificado donde asimila esta situación con la de una familia numerosa. Este tendrá validez desde su expedición hasta los tres meses siguientes a la fecha prevista de parto.
En los hogares con dos hijos, que estén esperando el tercero, se considerarán en la práctica una familias numerosa. Mientras tanto, en los casos donde ya haya cuatro menores, se accederá a la categoría especial. El procedimiento para ello indica que se deberá presentar informe médico y la documentación para probar que se cumplen los requisitos. “El plazo para dictar resolución expresa será de un mes. En defecto de resolución expresa en plazo, se entenderá estimada la solicitud”, incluye la norma. Tras el parto, el título de familia numerosa deberá solicitarse de forma expresa, cumpliendo los pasos que marca la regulación específica. El proyecto en elaboración también recoge que en las situaciones de gestación múltiple se tendrá en cuenta a cada uno de los concebidos.
Esta Ley se enmarca en la Estrategia de protección a la maternidad y paternidad y de fomento de la natalidad y la conciliación 2022-26 de la Comunidad de Madrid. El anteproyecto aún deberá pasar por audiencia pública, plazo que se habilita hasta el 16 de abril. Una vez finalizado, deberá recibir el visto bueno del Consejo de Gobierno para elevarse al Pleno de la Asamblea de Madrid donde se aprobará de forma definitiva, previsiblemente durante esta legislatura. Hasta ahora, solo Galicia reconocía la figura del nasciturus, por lo que Madrid será la segunda comunidad autónoma en hacerlo. Sin embargo, a diferencia de Galicia, donde solo se aplica a las familias numerosas, en Madrid la ley incluirá a todos los hogares.
Una vez entre en vigor la ley, los hogares que esperen un nuevo hijo podrán obtener varios beneficios. Así podrán solicitar las rebajas fiscales en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Las familias asimiladas con la numerosa podrán aplicar algunas bonificaciones como las que afectan a la tarifa del agua, las tasas universitarias o los descuentos en el abono transporte. Por ejemplo, en el caso de estudios superiores se contempla una compensación del 100% de la matrícula para la familia numerosa especial y del 50% en la categoría general. Asimismo, esta asimilación se podrá aplicar para descuentos en espectáculos y espacios de ocio.
La norma en tramitación también contempla que los ayuntamientos puedan aplicar la medida en los procedimientos de su competencia. Por otro lado, el anteproyecto habilita al Consejo de Gobierno y al resto de consejerías para asimilar la figura del concebido pero no nacido a situaciones potencialmente equivalentes como los procesos de adopción, tutela o de acogimiento. “La Estrategia, en la que se inscribe esta futura norma, pretende fomentar la natalidad para luchar de forma eficaz contra el envejecimiento poblacional de la región; apoyar y proteger la maternidad y la paternidad para prevenir y acabar con los obstáculos laborales, económicos y sociales que dificulten la toma de decisión de tener hijos; y facilitar tanto la conciliación de la vida familiar, laboral y personal como la corresponsabilidad”, han detallado desde el Ejecutivo autonómico.











