Una sentencia declara inexistente la adjudicación de la TDT
De nuevo el Tribunal Superior de Justicia de Canarias cobra protagonismo en el sector audiovisual, con la Sentencia Nº 529/10, por la que se anula el Decreto 377/2007, de 16 octubre, por el que se adjudican las concesiones para la explotación de canales digitales del servicio de televisión digital terrestre, de ámbito local, con cobertura municipal o insular.
Aunque el ámbito se circunscribe tan sólo a la demarcación de La Orotava, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo es, por primera vez, contundente en cuanto a la eficacia del reparto del las concesiones de TDT al afirmar que “La declaración de nulidad de pleno Derecho del Decreto 377/2007 supone su abrogación del mundo del Derecho, en el cual únicamente pudo revestir una mera apariencia de legalidad en tanto no resultó formalmente anulado”.
Esta mención en la sentencia determina la suerte que tendrán los recursos frente al acto adjudicador que faltan por resolver. Estimatorios. De ahí que el Fundamento Jurídico Segundo del fallo, apartado 2, establezca que “Es también doctrina jurisprudencial reiterada la que declara que la eliminación del acto impugnado en vía jurisdiccional da lugar a la desaparición del presupuesto necesario para la formulación de pretensiones que pudieran ser objeto de ulteriores recursos, de suerte que no resulta viable hacer pronunciamientos sobre aspectos del contenido de un acto que ha desaparecido del mundo jurídico por virtud de la sentencia anulatoria”.
El razonamiento finaliza con una cita demoledora al declarar que las sentencias estimatorias (las que han anulado las 2 concesiones autonómicas, las 2 insulares de Tenerife y las locales de las demarcaciones de Santa Cruz de Tenerife, La Orotava, Arona, Telde y Lanzarote) “producen efectos no sólo para las partes, sino también para todas las personas afectadas”.