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	Comentarios en: Sánchez, al rojo vivo (más dura será la caída)	</title>
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	<description>El revulsivo de la conciencia nacional</description>
	<lastBuildDate>Tue, 24 Jun 2025 19:56:21 +0000</lastBuildDate>
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		<title>
		Por: Princesa_Leia		</title>
		<link>https://www.alertadigital.com/2025/06/22/sanchez-al-rojo-vivo-mas-dura-sera-la-caida/#comment-1427049</link>

		<dc:creator><![CDATA[Princesa_Leia]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Jun 2025 19:56:21 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.alertadigital.com/2025/06/22/sanchez-al-rojo-vivo-mas-dura-sera-la-caida/#comment-1426879&quot;&gt;Enrique AREA SACRISTÁN&lt;/a&gt;.

Teniente Enrique.

No tengo poder terrenal, pero ruego a Dios por tu bien.

En el, yo creo.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.alertadigital.com/2025/06/22/sanchez-al-rojo-vivo-mas-dura-sera-la-caida/#comment-1426879">Enrique AREA SACRISTÁN</a>.</p>
<p>Teniente Enrique.</p>
<p>No tengo poder terrenal, pero ruego a Dios por tu bien.</p>
<p>En el, yo creo.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: J&#38;M		</title>
		<link>https://www.alertadigital.com/2025/06/22/sanchez-al-rojo-vivo-mas-dura-sera-la-caida/#comment-1426966</link>

		<dc:creator><![CDATA[J&#38;M]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 24 Jun 2025 08:59:28 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.alertadigital.com/?p=537108#comment-1426966</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.alertadigital.com/2025/06/22/sanchez-al-rojo-vivo-mas-dura-sera-la-caida/#comment-1426859&quot;&gt;Kafkiano&lt;/a&gt;.

Acabo de ver una noticia que dice: el Juez Peinado solicita al Supremo que investigue al ministro Bolaños por presuntos delitos de malversación y falso testimonio. 
Me pregunto ¿hay ordenamiento jurídico para para ilegalizar o disolver un partido político? ¿no volverán a crearlo de nuevo con otro nombre?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.alertadigital.com/2025/06/22/sanchez-al-rojo-vivo-mas-dura-sera-la-caida/#comment-1426859">Kafkiano</a>.</p>
<p>Acabo de ver una noticia que dice: el Juez Peinado solicita al Supremo que investigue al ministro Bolaños por presuntos delitos de malversación y falso testimonio.<br />
Me pregunto ¿hay ordenamiento jurídico para para ilegalizar o disolver un partido político? ¿no volverán a crearlo de nuevo con otro nombre?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Surreal		</title>
		<link>https://www.alertadigital.com/2025/06/22/sanchez-al-rojo-vivo-mas-dura-sera-la-caida/#comment-1426885</link>

		<dc:creator><![CDATA[Surreal]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Jun 2025 10:18:40 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Si no fuera un poseso instrumento de la satánica élite ....]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si no fuera un poseso instrumento de la satánica élite &#8230;.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Enrique AREA SACRISTÁN		</title>
		<link>https://www.alertadigital.com/2025/06/22/sanchez-al-rojo-vivo-mas-dura-sera-la-caida/#comment-1426879</link>

		<dc:creator><![CDATA[Enrique AREA SACRISTÁN]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Jun 2025 08:28:08 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.alertadigital.com/?p=537108#comment-1426879</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://www.alertadigital.com/2025/06/22/sanchez-al-rojo-vivo-mas-dura-sera-la-caida/#comment-1426859&quot;&gt;Kafkiano&lt;/a&gt;.

Querido Armando: Abstracción hecha de nuestro incidente, te ruego publiques este informe, al que seguiran todos los documentos del procedimiento que tengo en el Supremo.

INFORME TÉCNICO-JURÍDICO
Sobre la actuación del Ministerio Fiscal en los procedimientos penales promovidos por y contra el&#160;
Tte.
Coronel Enrique F. Área Sacristán Autor: Enrique Area Sacristán Fecha: 15/04/2025

1.- Introducción
Este asunto se inició con la DENUNCIA del JEME (Jefe del Estado Mayor del Ejército) ante un&#160;
artículo publicado en un medio digital, entre un conjunto de otros (que no fueron recogidos en&#160;
esta), presentada ante el Fiscal Togado de la SALA QUINTA DE LO MILITAR DEL TRIBUNAL SUPREMO, JUAN&#160;
A. POZO VILCHES, que la
remite a la SECRETARÍA TÉCNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO, siendo firmada su remisión por&#160;
parte del FISCAL JEFE DE LA SECRETARÍA TÉCNICA, ÁLVARO GARCÍA ORTIZ, a la FISCAL JEFE DE LA&#160;
FISCALÍA
PROVINCIAL DE MADRID, PILAR RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, siendo encargada su presentación a la FISCAL ELENA&#160;
MARÍA DOMÍNGUEZ PECO (10 primeras páginas de la DENUNCIA (DOCUMENTO 0). Es de resaltar la estrecha&#160;
unión existente entre los señores POZO VILCHES y el denunciante, y querellado ante el Juzgado de&#160;
Instrucción n.º 4 de BURGOS, JEME FRANCISCO JAVIER VARELA SALAS.

Entre tanto, se preparaban por parte de ENRIQUE ÁREA y por su letrado, sendas periciales para&#160;
iniciar una querella contra los aludidos en el expresado artículo digital, por los hechos&#160;
denunciados, consistentes en varios supuestos delitos contra la LEY DE SECRETOS OFICIALES.&#160;
Periciales que aparecen unidas a la querella.

2.- Actuación de la Fiscalía
Pues bien, la denuncia contra ENRIQUE ÁREA dieron lugar a las Diligencias Previas 489/2021, que se&#160;
siguieron ante el Juzgado de Instrucción n.º 1 de BURGOS, con el resultado de elevación a juicio&#160;
oral y corresponde al Procedimiento Abreviado 9/2024 ante el Juzgado de lo Penal n.º 1 de BURGOS,&#160;
señalado para los 24 y 25 de MARZO de 2025, suspendido por no comparecencia de los testigos de la&#160;
defensa y pospuesto para el próximo 20 de noviembre de 2025. En el marco de estas Diligencias&#160;
Previas, se ha observado que el FISCAL interviniente, FERNANDO ELÍAS GIL, que aparece adscrito a la&#160;
Fiscalía de Burgos, con antigüedad desde 11 de febrero de 2009&#160;
(https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?utm_source=chatgpt.com, BOE de 1 de agosto de 2009 con el&#160;
nombramiento), firma varios escritos con pie de firma en la calle FORTUNY de MADRID, sede de la&#160;
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO y Sistema de Comunicación Interna. En este sentido, adjuntamos los&#160;
DOCUMENTOS 1 y 3, de los cuales se observa ese pie de firma en la calle FORTUNY o en el Sistema de&#160;
Comunicación Interna que lleva la misma denominación, sin firma electrónica válida. Finalmente,&#160;
este mismo fiscal firma el ESCRITO DE ACUSACIÓN, ya sin pie de firma FORTUNY, y sin firma&#160;
electrónica válida
(DOCUMENTO 5).


En relación con esta primera querella presentada por ENRIQUE ÁREA que se siguió como Diligencias&#160;
Previas 459/2021, ante el Juzgado de Instrucción n.º 4 de BURGOS, y que fue archivada y apelado su&#160;
archivo ante la Audiencia Provincial de BURGOS, Sección Primera, con el Rollo de Apelación n.º&#160;
143/2024, se ha tenido el AUTO NÚM. 473/2024, cuya impugnación mediante RECURSO DE AMPARO (como&#160;
paso previo a protección de Derechos Fundamentales ante el TSJUE que se afronta en este momento);&#160;
respecto de la intervención de FISCALÍA cabe decir lo siguiente:
a.- Se hizo cargo de él la FISCAL MERCEDES BUJANDA BUJANDA, destinada en la Fiscalía de Burgos en&#160;
el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, (Real Decreto 344/2023, de 9 de mayo,&#160;
publicado en&#160;&#160;el&#160;&#160;BOE&#160;&#160;el&#160;&#160;10&#160;&#160;de&#160;&#160;mayo&#160;&#160;de&#160;&#160;2023,&#160;&#160;nombramiento,&#160;
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?utm_source=chatgpt.com).&#160;&#160;Dentro&#160;&#160;del&#160;&#160;indicado&#160;
procedimiento de Diligencias Previas, firmó también escrito con pie de firma FORTUNY, sede de la&#160;
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO y Sistema de Comunicación Interna (DOCUMENTO 7), sin firma electrónica&#160;
válida. Esta misma Fiscal se encargó de otra querella por el denunciante, presentada ante el TSJ&#160;
SALA DE LO PENAL, Sección 1 de BURGOS, y se siguió como INDETERMINADAS 11/2023, en esta ocasión&#160;
firma sin pie de firma FORTUNY (DOCUMENTO 9).


b.- Para la Defensa de los Derechos Fundamentales en el caso del Auto de la Audiencia Provincial de&#160;
Burgos, la Fiscal que impugna el recurso de apelación es SORAYA FERNÁNDEZ ORDOÑEZ, abogada fiscal&#160;
de apoyo de tercera categoría, nueva en el puesto, habiendo sido nombrada por Orden PJC/1343/2023,&#160;
de 15 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 301, el 18 de diciembre&#160;
de 2023 (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?utm_source=chatgpt.com). Se deduce que dicha&#160;
impugnación le ha sido trasladada para su firma, que efectúa electrónicamente a las 00:10 horas de&#160;
la media noche del día 26 de febrero de 2024, lunes, una vez recibido el documento (DOCUMENTO 15).
Resaltar en este momento que el AUTO de APELACIÓN viene a calcar y desarrollar los mismos&#160;
argumentos de Fiscalía, basados resumidamente en dos grandes explicaciones. Por un lado,&#160;
inexistencia de delitos, basando en ser meras irregularidades administrativas, porque de los&#160;
documentos (a los cuales faltan sello) y de la propia pericial (que refiere el tratamiento ilícito&#160;
de los documentos, a los cuales faltan sellos), se deduciría que los intervinientes no tenían&#160;
constancia y conocimiento de la naturaleza secreta de los documentos. Resulta de los propios&#160;
documentos y de las fichas que componen la pericial que tienen sellos de CONFIDENCIAL, RESERVADO o&#160;
CLASIFICADO, la sujeción a la Ley de Secretos Oficiales, e igualmente, se deduce que faltan o son&#160;
indebidos todos los sellos que deberían tener de los órganos de control de secreto oficial, así&#160;
como su indebido tratamiento, envío, traslado y recepción. Por otro lado, en segundo lugar, el AUTO&#160;
sólo ha ido a transcribir la conclusión del Informe Pericial, pero, o no se lo han leído y han obviado todas las&#160;
fichas de este; de lo contrario no hubiese emitido ese comentario intencionado y tergiversado, de&#160;
que, siendo simples irregularidades administrativas, no se aprecian indicios de delitos. Del mismo&#160;
modo, para incidir en esto, omite totalmente tanto en su referencia como en sus contenidos la Ley&#160;
de Secretos Oficiales y su obligada aplicación al ámbito militar y, concretamente, a la materia de&#160;
expedientes disciplinarios militares. Hace referencia a multitud de casos que nada tienen que ver&#160;
con el contenido de lo analizado, mucho menos la Ley de Protección de Datos o argumentos similares.&#160;
Sobre el delito de usurpación de funciones o de intrusismo, ningún motivo recoge para que no se&#160;
deba investigar (salvo afirmar categóricamente que no existe), ni alude al Informe Pericial, del&#160;
cual también se deducen argumentos sólidos para que se investigue por indicios de su existencia.

c.- Por último, como expresión de más aspectos que indican una actuación dirigida de la FISCALÍA&#160;
GENERAL, tenemos que referirnos a la segunda querella, que se siguió ante el TSJ de BURGOS como&#160;
INDETERMINADAS 11/2023, que dio lugar a un AUTO de DESESTIMACIÓN de QUERELLA, de la cual se ANUNCIÓ&#160;
RECURSO DE CASACIÓN, que se acordó no tener por anunciado mediante AUTO de fecha 9 de febrero de&#160;
2024. Contra el indicado Auto se interpone RECURSO DE QUEJA ante el TRIBUNAL SUPREMO. Mediante&#160;
Providencia se forma Rollo de Sala (RECURSO DE QUEJA 005/0020288/2024). Por parte del TSJ de BURGOS&#160;
se oficia al TRIBUNAL SUPREMO enviando testimonio del AUTO y expresando que no se emplazó porque no&#160;
se hizo presente que se iba a recurrir en queja (cuando también es cierto que en el Auto de no&#160;
tener por anunciada la casación, no se dio pie de recurso ninguno). Mediante Diligencia de&#160;
Ordenación pasan las actuaciones al Ministerio Fiscal para que emita el preceptivo informe&#160;
(DOCUMENTO 17). En el ínterin, antes de que emita su Informe la Fiscalía, se presenta y se tiene&#160;
por unido escrito de alegaciones por esta parte. El fiscal que se hace cargo de dicho Informe y que&#160;
lo emite casi tres meses después (DOCUMENTO 17), es FERNANDO RODRÍGUEZ REY (cuya firma digital en&#160;
su informe no corresponde a este sino a un funcionario administrativo), el Delegado para Delitos&#160;
Económicos, fue Vocal del Consejo Fiscal por la Asociación Unión Progresista de Fiscales y Jefe de&#160;
la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado (https://www.fiscal.es/-
/fernando-rodriguez-rey-toma-posesion-como-fiscal-jefe-de-la-secretaria-&#160;
ecnica?utm_source=chatgpt.com), relacionado con el actual FISCAL GENERAL ÁLVARO GARCÍA ORTIZ y&#160;
DOLORES DELGADO GARCÍA.

3.- Conclusiones
Del análisis realizado, se concluye que:
a)&#160;La actuación del Ministerio Fiscal ha incurrido en una desviación de los principios de&#160;legalidad, objetividad e imparcialidad, al reproducir argumentaciones sin análisis crítico, omitir&#160;pruebas periciales relevantes, minimizar el contenido de documentos clasificados y desatender la aplicación
obligatoria de la Ley de Secretos Oficiales, entre otras deficiencias sustantivas.
b) Existen indicios de dirección centralizada de las actuaciones desde la Secretaría Técnica de la&#160;
Fiscalía General del Estado, en aparente coordinación con fiscales delegados o de reciente&#160;
nombramiento, lo que podría suponer una actuación jerarquizada contraria al principio de autonomía&#160;
funcional del Ministerio Fiscal previsto en el artículo 124 de la Constitución Española.
c)&#160;Resulta procedente la interposición de acciones legales y jurisdiccionales orientadas a la&#160;
protección de los derechos fundamentales del querellante y a la depuración de las posibles&#160;
responsabilidades
disciplinarias, administrativas o penales que pudieran derivarse.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://www.alertadigital.com/2025/06/22/sanchez-al-rojo-vivo-mas-dura-sera-la-caida/#comment-1426859">Kafkiano</a>.</p>
<p>Querido Armando: Abstracción hecha de nuestro incidente, te ruego publiques este informe, al que seguiran todos los documentos del procedimiento que tengo en el Supremo.</p>
<p>INFORME TÉCNICO-JURÍDICO<br />
Sobre la actuación del Ministerio Fiscal en los procedimientos penales promovidos por y contra el&nbsp;<br />
Tte.<br />
Coronel Enrique F. Área Sacristán Autor: Enrique Area Sacristán Fecha: 15/04/2025</p>
<p>1.- Introducción<br />
Este asunto se inició con la DENUNCIA del JEME (Jefe del Estado Mayor del Ejército) ante un&nbsp;<br />
artículo publicado en un medio digital, entre un conjunto de otros (que no fueron recogidos en&nbsp;<br />
esta), presentada ante el Fiscal Togado de la SALA QUINTA DE LO MILITAR DEL TRIBUNAL SUPREMO, JUAN&nbsp;<br />
A. POZO VILCHES, que la<br />
remite a la SECRETARÍA TÉCNICA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO, siendo firmada su remisión por&nbsp;<br />
parte del FISCAL JEFE DE LA SECRETARÍA TÉCNICA, ÁLVARO GARCÍA ORTIZ, a la FISCAL JEFE DE LA&nbsp;<br />
FISCALÍA<br />
PROVINCIAL DE MADRID, PILAR RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, siendo encargada su presentación a la FISCAL ELENA&nbsp;<br />
MARÍA DOMÍNGUEZ PECO (10 primeras páginas de la DENUNCIA (DOCUMENTO 0). Es de resaltar la estrecha&nbsp;<br />
unión existente entre los señores POZO VILCHES y el denunciante, y querellado ante el Juzgado de&nbsp;<br />
Instrucción n.º 4 de BURGOS, JEME FRANCISCO JAVIER VARELA SALAS.</p>
<p>Entre tanto, se preparaban por parte de ENRIQUE ÁREA y por su letrado, sendas periciales para&nbsp;<br />
iniciar una querella contra los aludidos en el expresado artículo digital, por los hechos&nbsp;<br />
denunciados, consistentes en varios supuestos delitos contra la LEY DE SECRETOS OFICIALES.&nbsp;<br />
Periciales que aparecen unidas a la querella.</p>
<p>2.- Actuación de la Fiscalía<br />
Pues bien, la denuncia contra ENRIQUE ÁREA dieron lugar a las Diligencias Previas 489/2021, que se&nbsp;<br />
siguieron ante el Juzgado de Instrucción n.º 1 de BURGOS, con el resultado de elevación a juicio&nbsp;<br />
oral y corresponde al Procedimiento Abreviado 9/2024 ante el Juzgado de lo Penal n.º 1 de BURGOS,&nbsp;<br />
señalado para los 24 y 25 de MARZO de 2025, suspendido por no comparecencia de los testigos de la&nbsp;<br />
defensa y pospuesto para el próximo 20 de noviembre de 2025. En el marco de estas Diligencias&nbsp;<br />
Previas, se ha observado que el FISCAL interviniente, FERNANDO ELÍAS GIL, que aparece adscrito a la&nbsp;<br />
Fiscalía de Burgos, con antigüedad desde 11 de febrero de 2009&nbsp;<br />
(<a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?utm_source=chatgpt.com" rel="nofollow ugc">https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?utm_source=chatgpt.com</a>, BOE de 1 de agosto de 2009 con el&nbsp;<br />
nombramiento), firma varios escritos con pie de firma en la calle FORTUNY de MADRID, sede de la&nbsp;<br />
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO y Sistema de Comunicación Interna. En este sentido, adjuntamos los&nbsp;<br />
DOCUMENTOS 1 y 3, de los cuales se observa ese pie de firma en la calle FORTUNY o en el Sistema de&nbsp;<br />
Comunicación Interna que lleva la misma denominación, sin firma electrónica válida. Finalmente,&nbsp;<br />
este mismo fiscal firma el ESCRITO DE ACUSACIÓN, ya sin pie de firma FORTUNY, y sin firma&nbsp;<br />
electrónica válida<br />
(DOCUMENTO 5).</p>
<p>En relación con esta primera querella presentada por ENRIQUE ÁREA que se siguió como Diligencias&nbsp;<br />
Previas 459/2021, ante el Juzgado de Instrucción n.º 4 de BURGOS, y que fue archivada y apelado su&nbsp;<br />
archivo ante la Audiencia Provincial de BURGOS, Sección Primera, con el Rollo de Apelación n.º&nbsp;<br />
143/2024, se ha tenido el AUTO NÚM. 473/2024, cuya impugnación mediante RECURSO DE AMPARO (como&nbsp;<br />
paso previo a protección de Derechos Fundamentales ante el TSJUE que se afronta en este momento);&nbsp;<br />
respecto de la intervención de FISCALÍA cabe decir lo siguiente:<br />
a.- Se hizo cargo de él la FISCAL MERCEDES BUJANDA BUJANDA, destinada en la Fiscalía de Burgos en&nbsp;<br />
el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, (Real Decreto 344/2023, de 9 de mayo,&nbsp;<br />
publicado en&nbsp;&nbsp;el&nbsp;&nbsp;BOE&nbsp;&nbsp;el&nbsp;&nbsp;10&nbsp;&nbsp;de&nbsp;&nbsp;mayo&nbsp;&nbsp;de&nbsp;&nbsp;2023,&nbsp;&nbsp;nombramiento,&nbsp;<br />
<a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?utm_source=chatgpt.com" rel="nofollow ugc">https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?utm_source=chatgpt.com</a>).&nbsp;&nbsp;Dentro&nbsp;&nbsp;del&nbsp;&nbsp;indicado&nbsp;<br />
procedimiento de Diligencias Previas, firmó también escrito con pie de firma FORTUNY, sede de la&nbsp;<br />
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO y Sistema de Comunicación Interna (DOCUMENTO 7), sin firma electrónica&nbsp;<br />
válida. Esta misma Fiscal se encargó de otra querella por el denunciante, presentada ante el TSJ&nbsp;<br />
SALA DE LO PENAL, Sección 1 de BURGOS, y se siguió como INDETERMINADAS 11/2023, en esta ocasión&nbsp;<br />
firma sin pie de firma FORTUNY (DOCUMENTO 9).</p>
<p>b.- Para la Defensa de los Derechos Fundamentales en el caso del Auto de la Audiencia Provincial de&nbsp;<br />
Burgos, la Fiscal que impugna el recurso de apelación es SORAYA FERNÁNDEZ ORDOÑEZ, abogada fiscal&nbsp;<br />
de apoyo de tercera categoría, nueva en el puesto, habiendo sido nombrada por Orden PJC/1343/2023,&nbsp;<br />
de 15 de diciembre, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 301, el 18 de diciembre&nbsp;<br />
de 2023 (<a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?utm_source=chatgpt.com" rel="nofollow ugc">https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?utm_source=chatgpt.com</a>). Se deduce que dicha&nbsp;<br />
impugnación le ha sido trasladada para su firma, que efectúa electrónicamente a las 00:10 horas de&nbsp;<br />
la media noche del día 26 de febrero de 2024, lunes, una vez recibido el documento (DOCUMENTO 15).<br />
Resaltar en este momento que el AUTO de APELACIÓN viene a calcar y desarrollar los mismos&nbsp;<br />
argumentos de Fiscalía, basados resumidamente en dos grandes explicaciones. Por un lado,&nbsp;<br />
inexistencia de delitos, basando en ser meras irregularidades administrativas, porque de los&nbsp;<br />
documentos (a los cuales faltan sello) y de la propia pericial (que refiere el tratamiento ilícito&nbsp;<br />
de los documentos, a los cuales faltan sellos), se deduciría que los intervinientes no tenían&nbsp;<br />
constancia y conocimiento de la naturaleza secreta de los documentos. Resulta de los propios&nbsp;<br />
documentos y de las fichas que componen la pericial que tienen sellos de CONFIDENCIAL, RESERVADO o&nbsp;<br />
CLASIFICADO, la sujeción a la Ley de Secretos Oficiales, e igualmente, se deduce que faltan o son&nbsp;<br />
indebidos todos los sellos que deberían tener de los órganos de control de secreto oficial, así&nbsp;<br />
como su indebido tratamiento, envío, traslado y recepción. Por otro lado, en segundo lugar, el AUTO&nbsp;<br />
sólo ha ido a transcribir la conclusión del Informe Pericial, pero, o no se lo han leído y han obviado todas las&nbsp;<br />
fichas de este; de lo contrario no hubiese emitido ese comentario intencionado y tergiversado, de&nbsp;<br />
que, siendo simples irregularidades administrativas, no se aprecian indicios de delitos. Del mismo&nbsp;<br />
modo, para incidir en esto, omite totalmente tanto en su referencia como en sus contenidos la Ley&nbsp;<br />
de Secretos Oficiales y su obligada aplicación al ámbito militar y, concretamente, a la materia de&nbsp;<br />
expedientes disciplinarios militares. Hace referencia a multitud de casos que nada tienen que ver&nbsp;<br />
con el contenido de lo analizado, mucho menos la Ley de Protección de Datos o argumentos similares.&nbsp;<br />
Sobre el delito de usurpación de funciones o de intrusismo, ningún motivo recoge para que no se&nbsp;<br />
deba investigar (salvo afirmar categóricamente que no existe), ni alude al Informe Pericial, del&nbsp;<br />
cual también se deducen argumentos sólidos para que se investigue por indicios de su existencia.</p>
<p>c.- Por último, como expresión de más aspectos que indican una actuación dirigida de la FISCALÍA&nbsp;<br />
GENERAL, tenemos que referirnos a la segunda querella, que se siguió ante el TSJ de BURGOS como&nbsp;<br />
INDETERMINADAS 11/2023, que dio lugar a un AUTO de DESESTIMACIÓN de QUERELLA, de la cual se ANUNCIÓ&nbsp;<br />
RECURSO DE CASACIÓN, que se acordó no tener por anunciado mediante AUTO de fecha 9 de febrero de&nbsp;<br />
2024. Contra el indicado Auto se interpone RECURSO DE QUEJA ante el TRIBUNAL SUPREMO. Mediante&nbsp;<br />
Providencia se forma Rollo de Sala (RECURSO DE QUEJA 005/0020288/2024). Por parte del TSJ de BURGOS&nbsp;<br />
se oficia al TRIBUNAL SUPREMO enviando testimonio del AUTO y expresando que no se emplazó porque no&nbsp;<br />
se hizo presente que se iba a recurrir en queja (cuando también es cierto que en el Auto de no&nbsp;<br />
tener por anunciada la casación, no se dio pie de recurso ninguno). Mediante Diligencia de&nbsp;<br />
Ordenación pasan las actuaciones al Ministerio Fiscal para que emita el preceptivo informe&nbsp;<br />
(DOCUMENTO 17). En el ínterin, antes de que emita su Informe la Fiscalía, se presenta y se tiene&nbsp;<br />
por unido escrito de alegaciones por esta parte. El fiscal que se hace cargo de dicho Informe y que&nbsp;<br />
lo emite casi tres meses después (DOCUMENTO 17), es FERNANDO RODRÍGUEZ REY (cuya firma digital en&nbsp;<br />
su informe no corresponde a este sino a un funcionario administrativo), el Delegado para Delitos&nbsp;<br />
Económicos, fue Vocal del Consejo Fiscal por la Asociación Unión Progresista de Fiscales y Jefe de&nbsp;<br />
la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado (<a href="https://www.fiscal.es/-" rel="nofollow ugc">https://www.fiscal.es/-</a><br />
/fernando-rodriguez-rey-toma-posesion-como-fiscal-jefe-de-la-secretaria-&nbsp;<br />
ecnica?utm_source=chatgpt.com), relacionado con el actual FISCAL GENERAL ÁLVARO GARCÍA ORTIZ y&nbsp;<br />
DOLORES DELGADO GARCÍA.</p>
<p>3.- Conclusiones<br />
Del análisis realizado, se concluye que:<br />
a)&nbsp;La actuación del Ministerio Fiscal ha incurrido en una desviación de los principios de&nbsp;legalidad, objetividad e imparcialidad, al reproducir argumentaciones sin análisis crítico, omitir&nbsp;pruebas periciales relevantes, minimizar el contenido de documentos clasificados y desatender la aplicación<br />
obligatoria de la Ley de Secretos Oficiales, entre otras deficiencias sustantivas.<br />
b) Existen indicios de dirección centralizada de las actuaciones desde la Secretaría Técnica de la&nbsp;<br />
Fiscalía General del Estado, en aparente coordinación con fiscales delegados o de reciente&nbsp;<br />
nombramiento, lo que podría suponer una actuación jerarquizada contraria al principio de autonomía&nbsp;<br />
funcional del Ministerio Fiscal previsto en el artículo 124 de la Constitución Española.<br />
c)&nbsp;Resulta procedente la interposición de acciones legales y jurisdiccionales orientadas a la&nbsp;<br />
protección de los derechos fundamentales del querellante y a la depuración de las posibles&nbsp;<br />
responsabilidades<br />
disciplinarias, administrativas o penales que pudieran derivarse.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Feodorov		</title>
		<link>https://www.alertadigital.com/2025/06/22/sanchez-al-rojo-vivo-mas-dura-sera-la-caida/#comment-1426874</link>

		<dc:creator><![CDATA[Feodorov]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Jun 2025 07:12:47 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Sánchez tiene mayoría parlamentaria. No tiene motivos para dimitir. El supuesto Estado de Derecho español ha fracasado estrepitosamente. De la ley a la ley dijo don Torcuato en su momento. De Franco a Juan Carlos fue en realidad y en ese mismo momento, cuando Juan Carlos juró la Constitución del 78 se puso en marcha el plan de demolición de España. Colaboraron con entusiasmo países extranjeros, sobre todo Francia que dio cobijo y protección a la banda ETA cuyo primer comando parece que llevaba el nombre de Rothschild nada menos. ETA está en el congreso español junto con toda la izquierda radical y stalinista que fracasó en la guerra civil. Sánchez no dimitirá y más vale que nos preparemos para lo que nos viene encima. Es más, en el supuesto de que Feijóo o Abascal lleguen a gobernar tendremos a dos prosionistas al mando. OTAN sí, de salida nada. Todo a favor de Israel y sus políticas de exterminio y dominio global. Para echarse a temblar.Solo nos queda la Santísima Vírgen y su protección que no es poco.+]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Sánchez tiene mayoría parlamentaria. No tiene motivos para dimitir. El supuesto Estado de Derecho español ha fracasado estrepitosamente. De la ley a la ley dijo don Torcuato en su momento. De Franco a Juan Carlos fue en realidad y en ese mismo momento, cuando Juan Carlos juró la Constitución del 78 se puso en marcha el plan de demolición de España. Colaboraron con entusiasmo países extranjeros, sobre todo Francia que dio cobijo y protección a la banda ETA cuyo primer comando parece que llevaba el nombre de Rothschild nada menos. ETA está en el congreso español junto con toda la izquierda radical y stalinista que fracasó en la guerra civil. Sánchez no dimitirá y más vale que nos preparemos para lo que nos viene encima. Es más, en el supuesto de que Feijóo o Abascal lleguen a gobernar tendremos a dos prosionistas al mando. OTAN sí, de salida nada. Todo a favor de Israel y sus políticas de exterminio y dominio global. Para echarse a temblar.Solo nos queda la Santísima Vírgen y su protección que no es poco.+</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: AmaZona		</title>
		<link>https://www.alertadigital.com/2025/06/22/sanchez-al-rojo-vivo-mas-dura-sera-la-caida/#comment-1426861</link>

		<dc:creator><![CDATA[AmaZona]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 22 Jun 2025 22:30:10 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Magnífico don Laureano. Es lo que tenemos. Nos gobiernan los profesores de los demonios, los demonólogos del mal. Lo peor de todo el Universo.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Magnífico don Laureano. Es lo que tenemos. Nos gobiernan los profesores de los demonios, los demonólogos del mal. Lo peor de todo el Universo.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Kafkiano		</title>
		<link>https://www.alertadigital.com/2025/06/22/sanchez-al-rojo-vivo-mas-dura-sera-la-caida/#comment-1426859</link>

		<dc:creator><![CDATA[Kafkiano]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 22 Jun 2025 21:53:40 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.alertadigital.com/?p=537108#comment-1426859</guid>

					<description><![CDATA[No podemos permitir esta vez que Soros nos coloque a Salvador Illa. En el último vídeo del Expediente Royuela explica que Soros siempre ha estado detrás de Sánchez y lo colocó él mediante Indra. Todo el PSOE debe de ser juzgado e ilegalizado por organización criminal y deben cuestionarse de una vez todas las políticas nefastas y criminales que han estado ejecutando en contra de los intereses de España y de los Españoles y que &quot;casualmente&quot; parece ser que sigue el mismo PP de Feijoo. Ya sabéis de qué se trata, lo de comer insectos, destrucción de embalses y presas, destrucción del sector primario, el paro más grande de la Unión Europea, colas del hambre, invasión migratoria programada, subvención de extranjeros y de menas, crear pantanadas que matan con precisión militar, fumigaciones de nuestros cielos, etc etc.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>No podemos permitir esta vez que Soros nos coloque a Salvador Illa. En el último vídeo del Expediente Royuela explica que Soros siempre ha estado detrás de Sánchez y lo colocó él mediante Indra. Todo el PSOE debe de ser juzgado e ilegalizado por organización criminal y deben cuestionarse de una vez todas las políticas nefastas y criminales que han estado ejecutando en contra de los intereses de España y de los Españoles y que &#8220;casualmente&#8221; parece ser que sigue el mismo PP de Feijoo. Ya sabéis de qué se trata, lo de comer insectos, destrucción de embalses y presas, destrucción del sector primario, el paro más grande de la Unión Europea, colas del hambre, invasión migratoria programada, subvención de extranjeros y de menas, crear pantanadas que matan con precisión militar, fumigaciones de nuestros cielos, etc etc.</p>
]]></content:encoded>
		
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