El Constitucional inadmite los recursos de amparo que pedían paralizar la tramitación del artículo 155
El Tribunal Constitucional ha rechazado examinar los recursos de amparo con los que senadores del PDeCAT y ERC pedían la paralización de la tramitación del artículo 155. El TC ha tomado esta decisión ante la “manifiesta inexistencia de violación de un derecho fundamental tutelable en amparo”, uno de los motivos por los que el TC puede negarse a examinar un recurso.
Los recursos, remitidos el miércoles por la tarde al Tribunal por vía telemática, se dirigían contra los acuerdos de la Mesa del Senado que admitieron a trámite el requerimiento del Ejecutivo y que rechazaron la solicitud de reconsideración formulada por los grupos parlamentarios de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, PDeCat-CDC y AHI/CC-PNC.
Los recurrentes solicitaban la nulidad de los acuerdos porque, en su opinión, vulneran el derecho de los senadores a ejercer los cargos en condiciones de igualdad, sin perturbaciones ilegítimas, con los requisitos señalados en las leyes. Asimismo, pedían al Tribunal la inmediata suspensión cautelar la tramitación del requerimiento del Gobierno.
El TC también ha inadmitido otro recurso de amparo presentado por un abogado de Barcelona contra el acuerdo del Consejo de Ministros para solicitar al Senado la tramitación del 155. El recurrente sostenía que ese acuerdo vulneraba el Tratado Internacional de Derechos Civiles y Políticos y solicitaba la nulidad del acuerdo y su suspensión cautelar.
Sobre este recurso, el TC explica que lo inadmite por prematuro, ya que las medidas contenidas en el acuerdo impugnado no han sido aún aprobadas. “En el momento actual, el acuerdo impugnado no puede ser objeto de un juicio de constitucionalidad, pues resulta prematuro”, afirma la resolución del TC.